Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Simplificación administrativa. (BOE-A-2025-1)
Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 30
órganos que participan en el control de la actividad económico-financiera del sector
público de la Generalitat favorecerá de manera efectiva, el control de la actividad
económico-financiera del sector público y también la simplificación administrativa.
En el marco de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, se
elimina el trámite de certificación previa por el órgano competente de la Generalitat,
previsto en el artículo 13.1-1. Esta modificación busca agilizar y simplificar los
procedimientos administrativos, facilitando el despliegue rápido y eficiente de redes de
banda ancha en la Comunitat Valenciana, y promoviendo así el desarrollo tecnológico y
económico de la región. Por otro lado, respecto de la modificación del artículo 14.4-2, la
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación
profesional concreta el compromiso asumido por España de modernización de nuestro
país, facilitando la cualificación, la empleabilidad y, en consecuencia, la generación de
riqueza. Pone en el centro de la acción política a la persona y a su necesidad de
cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida. Sin embargo, la realidad
demuestra que en España y, en la Comunitat Valenciana, existe un elevado porcentaje
de población que, siendo capaces de desempeñar las tareas propias de su profesión, no
disponen de una acreditación formal, lo cual les coloca en una situación de desventaja
con relación a otras personas trabajadoras. De hecho, les limita la movilidad laboral, sus
posibilidades de aprendizaje permanente y el desarrollo de su carrera profesional. Para
responder a esta necesidad de acreditación profesional de los trabajadores y las
trabajadoras el Plan de Modernización de la Formación Profesional, a través del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, asignó a las administraciones competentes, a
partir del año 2020, los fondos necesarios para cubrir la totalidad de gastos generados
por los procedimientos para la acreditación de competencias profesionales,
condicionados a la consecución de un hito de unidades de competencias acreditadas.
Pese a los esfuerzos realizados por el Consell para extender los procedimientos
acreditación y conseguir el hito, la participación de la población valenciana sigue siendo
muy escasa. Ello se debe en gran medida a la existencia de unas tasas obligatorias para
acceder al procedimiento de acreditación y que suponen una barrera insalvable para
muchos ciudadanos y ciudadanas. La eliminación de dicha barrera se considera
imprescindible para garantizar el acceso de la población valenciana al proceso de
acreditación, en igualdad de condiciones al resto de la ciudadanía de otras comunidades
autónomas para la que el procedimiento es gratuito y favorecerá el lanzamiento de
procedimientos de acreditación masiva para los colectivos que lo necesiten. Todo ello,
sin suponer un detrimento de recursos públicos valencianos, puesto que se trataría de
una medida temporal supeditada al mantenimiento de la disposición de estos fondos,
el 31 de diciembre de 2025.
El capítulo II incorpora modificaciones en materia de economía.
Se modifica el Decreto 118/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se regula la
inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en las
convocatorias de ayudas y subvenciones.
Desde su entrada en vigor, esta disposición ha generado numerosas consultas y
dudas, tanto entre los órganos de contratación, como entre las empresas interesadas en
ser adjudicatarias de contratos públicos.
La Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública ha constatado, a
través de consultas a todos los departamentos del Consell, que la actual regulación del
decreto produce efectos negativos sobre la contratación y las convocatorias de ayudas y
subvenciones.
Por otro lado, la Junta Superior de Contratación Administrativa también emitió un
dictamen, el Dictamen 1/2024, de 29 de febrero de 2024, recomendando la modificación
del Decreto 118/2022 en la misma línea de lo manifestado en su informe de 18 de
febrero de 2022. En concreto, la Junta Superior de Contratación Administrativa destaca
varios problemas fundamentales derivados de la aplicación del citado decreto, como la
obligatoriedad de establecer un criterio de adjudicación de responsabilidad social, así
como la ponderación asignada a este criterio. La Junta entiende que estas disposiciones
cve: BOE-A-2025-1
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Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 30
órganos que participan en el control de la actividad económico-financiera del sector
público de la Generalitat favorecerá de manera efectiva, el control de la actividad
económico-financiera del sector público y también la simplificación administrativa.
En el marco de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, se
elimina el trámite de certificación previa por el órgano competente de la Generalitat,
previsto en el artículo 13.1-1. Esta modificación busca agilizar y simplificar los
procedimientos administrativos, facilitando el despliegue rápido y eficiente de redes de
banda ancha en la Comunitat Valenciana, y promoviendo así el desarrollo tecnológico y
económico de la región. Por otro lado, respecto de la modificación del artículo 14.4-2, la
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación
profesional concreta el compromiso asumido por España de modernización de nuestro
país, facilitando la cualificación, la empleabilidad y, en consecuencia, la generación de
riqueza. Pone en el centro de la acción política a la persona y a su necesidad de
cualificarse y mantenerse actualizada a lo largo de toda su vida. Sin embargo, la realidad
demuestra que en España y, en la Comunitat Valenciana, existe un elevado porcentaje
de población que, siendo capaces de desempeñar las tareas propias de su profesión, no
disponen de una acreditación formal, lo cual les coloca en una situación de desventaja
con relación a otras personas trabajadoras. De hecho, les limita la movilidad laboral, sus
posibilidades de aprendizaje permanente y el desarrollo de su carrera profesional. Para
responder a esta necesidad de acreditación profesional de los trabajadores y las
trabajadoras el Plan de Modernización de la Formación Profesional, a través del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, asignó a las administraciones competentes, a
partir del año 2020, los fondos necesarios para cubrir la totalidad de gastos generados
por los procedimientos para la acreditación de competencias profesionales,
condicionados a la consecución de un hito de unidades de competencias acreditadas.
Pese a los esfuerzos realizados por el Consell para extender los procedimientos
acreditación y conseguir el hito, la participación de la población valenciana sigue siendo
muy escasa. Ello se debe en gran medida a la existencia de unas tasas obligatorias para
acceder al procedimiento de acreditación y que suponen una barrera insalvable para
muchos ciudadanos y ciudadanas. La eliminación de dicha barrera se considera
imprescindible para garantizar el acceso de la población valenciana al proceso de
acreditación, en igualdad de condiciones al resto de la ciudadanía de otras comunidades
autónomas para la que el procedimiento es gratuito y favorecerá el lanzamiento de
procedimientos de acreditación masiva para los colectivos que lo necesiten. Todo ello,
sin suponer un detrimento de recursos públicos valencianos, puesto que se trataría de
una medida temporal supeditada al mantenimiento de la disposición de estos fondos,
el 31 de diciembre de 2025.
El capítulo II incorpora modificaciones en materia de economía.
Se modifica el Decreto 118/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se regula la
inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en las
convocatorias de ayudas y subvenciones.
Desde su entrada en vigor, esta disposición ha generado numerosas consultas y
dudas, tanto entre los órganos de contratación, como entre las empresas interesadas en
ser adjudicatarias de contratos públicos.
La Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública ha constatado, a
través de consultas a todos los departamentos del Consell, que la actual regulación del
decreto produce efectos negativos sobre la contratación y las convocatorias de ayudas y
subvenciones.
Por otro lado, la Junta Superior de Contratación Administrativa también emitió un
dictamen, el Dictamen 1/2024, de 29 de febrero de 2024, recomendando la modificación
del Decreto 118/2022 en la misma línea de lo manifestado en su informe de 18 de
febrero de 2022. En concreto, la Junta Superior de Contratación Administrativa destaca
varios problemas fundamentales derivados de la aplicación del citado decreto, como la
obligatoriedad de establecer un criterio de adjudicación de responsabilidad social, así
como la ponderación asignada a este criterio. La Junta entiende que estas disposiciones
cve: BOE-A-2025-1
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 1