Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Inspectores de Educación. (BOE-A-2024-27551)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Inspectores de Educación, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187422
13. Listas de reserva de inspectores e inspectoras accidentales
Por resolución de la Subsecretaría del Departamento, previo informe de la Dirección
General de la Función Pública, se regulará el proceso de formación de listas para el
desempeño de puestos como inspectores o inspectoras accidentales, en el que se
exigirá, entre otros, como requisito la participación en el proceso selectivo convocado.
En dicho proceso de formación de listas, se podrá requerir al órgano u órganos de
selección un listado con las calificaciones obtenidas en cada una de las partes de la
prueba que hayan realizado las personas participantes.
Las listas que se elaboren para el desempeño de puestos en régimen de inspectores
o inspectoras accidentales entrarán en vigor en la fecha que se determine en la
resolución por la que se constituyan, y se mantendrán vigentes hasta la convocatoria de
un nuevo concurso-oposición. A partir de la entrada en vigor de las listas de personas
aspirantes a desempeñar puestos de inspectores e inspectoras de Educación
accidentales en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla procedentes del presente
concurso-oposición, quedarán derogadas cuantas listas para la cobertura de plazas de
inspectores accidentales puedan estar vigentes.
14.
Recursos
Contra la presente resolución de convocatoria los interesados podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante los juzgados centrales de lo contencioso
conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13
de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
exposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes
y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación
Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
ANEXO I
Instrucciones para cumplimentar la instancia
La solicitud de participación deberá realizarse por vía electrónica para lo que se
deberá estar en posesión de un certificado digital reconocido por este Ministerio
(FNMT, DNI o certificado de cualquier otra autoridad de certificación reconocida por la
plataforma @firma), a través del «Acceso a la tramitación en sede electrónica», que se
encontrará en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes, a la que se podrá acceder por medio del siguiente enlace, https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html. Este acceso permitirá:
– Recuperar los datos de identificación del certificado digital.
– Rellenar la solicitud de participación, siguiendo las indicaciones establecidas en
este apartado.
– Anexar la documentación relativa a los requisitos de participación.
– Pagar las tasas.
– Registrar la solicitud.
– Descargar los justificantes de pago y del registro de la solicitud.
cve: BOE-A-2024-27551
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187422
13. Listas de reserva de inspectores e inspectoras accidentales
Por resolución de la Subsecretaría del Departamento, previo informe de la Dirección
General de la Función Pública, se regulará el proceso de formación de listas para el
desempeño de puestos como inspectores o inspectoras accidentales, en el que se
exigirá, entre otros, como requisito la participación en el proceso selectivo convocado.
En dicho proceso de formación de listas, se podrá requerir al órgano u órganos de
selección un listado con las calificaciones obtenidas en cada una de las partes de la
prueba que hayan realizado las personas participantes.
Las listas que se elaboren para el desempeño de puestos en régimen de inspectores
o inspectoras accidentales entrarán en vigor en la fecha que se determine en la
resolución por la que se constituyan, y se mantendrán vigentes hasta la convocatoria de
un nuevo concurso-oposición. A partir de la entrada en vigor de las listas de personas
aspirantes a desempeñar puestos de inspectores e inspectoras de Educación
accidentales en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla procedentes del presente
concurso-oposición, quedarán derogadas cuantas listas para la cobertura de plazas de
inspectores accidentales puedan estar vigentes.
14.
Recursos
Contra la presente resolución de convocatoria los interesados podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante los juzgados centrales de lo contencioso
conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13
de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
exposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes
y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación
Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
ANEXO I
Instrucciones para cumplimentar la instancia
La solicitud de participación deberá realizarse por vía electrónica para lo que se
deberá estar en posesión de un certificado digital reconocido por este Ministerio
(FNMT, DNI o certificado de cualquier otra autoridad de certificación reconocida por la
plataforma @firma), a través del «Acceso a la tramitación en sede electrónica», que se
encontrará en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes, a la que se podrá acceder por medio del siguiente enlace, https://
www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html. Este acceso permitirá:
– Recuperar los datos de identificación del certificado digital.
– Rellenar la solicitud de participación, siguiendo las indicaciones establecidas en
este apartado.
– Anexar la documentación relativa a los requisitos de participación.
– Pagar las tasas.
– Registrar la solicitud.
– Descargar los justificantes de pago y del registro de la solicitud.
cve: BOE-A-2024-27551
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315