Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27544)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024
9.

Sec. II.B. Pág. 187276

Contratación

9.1 Una vez aprobada la propuesta por el Comité Ejecutivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, se notificará a las personas interesadas para que suscriban el
contrato laboral fijo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
notificación del acuerdo.
9.2 La persona aspirante aprobada y propuesta para su contratación que, sin causa
justificada, no formalice el contrato de trabajo o la que, habiendo firmado el contrato, no
se incorpore a su puesto en el mismo plazo de dos meses desde la notificación del
acuerdo del Comité Ejecutivo de la Zona Franca de Vigo, será declarada en situación de
cesante y, consecuentemente, decaerá en su derecho a acceder al puesto de trabajo por
falta de materialización de su derecho a ser contratada en el plazo otorgado a dicho
efecto, pudiendo proceder el Comité Ejecutivo del CZFV al nombramiento y consiguiente
contratación de la siguiente persona aspirante con mayor puntuación obtenida en el
proceso selectivo.
10.

Relación de personas candidatas

10.1 Conforme a lo previsto en el artículo 114, apartado 10, del Real Decretoley 6/2023, de 19 de diciembre, a la finalización del proceso selectivo el tribunal
calificador elaborará una lista de personas candidatas que hayan superado el proceso
selectivo y no hayan obtenido plaza, ordenada de mayor a menor puntuación total
obtenida en el proceso selectivo, que servirá para la contratación de personal temporal
para sustituir a personas trabajadoras con derecho a reserva de puesto de trabajo o para
contrataciones temporales autorizadas expresamente o con carácter general.
10.2 El orden de la relación se establecerá teniendo en cuenta la puntuación total
obtenida en el proceso selectivo. A igualdad de puntos tendrá prioridad la persona
aspirante que haya obtenido la mejor puntuación conforme a lo señalado las presentes
bases.
10.3 La relación de personas candidatas será pública, su gestión está
encomendada a la Dirección General de Recursos Humanos del CZFV y se seguirá el
siguiente procedimiento para su gestión:
1.º La lista de personas candidatas tendrá una validez de tres años desde su
publicación o hasta la publicación de nuevas listas resultantes del desarrollo de nuevos
procesos selectivos ordinarios.
2.º La duración máxima del contrato temporal será la que establezca, para el sector
público estatal, la legislación laboral o de empleo público que resulte de aplicación.
3.º En los supuestos de sustitución, cuando la persona titular del puesto de trabajo
se reincorpore o cambie su situación laboral perdiendo el derecho a reserva del puesto,
se producirá la extinción del contrato de trabajo temporal de la persona sustituta.
4.º Cuando exista una vacante para cubrirla temporalmente, y una vez formalizada,
en su caso, la preceptiva autorización para la contratación temporal, se ofertará el
contrato temporal por riguroso orden de los/as integrantes de la relación de personas
candidatas, comunicando de forma fehaciente a la persona candidata el puesto vacante
que le corresponda para proceder a su aceptación. Recibida esta comunicación, la
persona candidata deberá aportar, en el plazo de tres días hábiles, los documentos que
acrediten la posesión de todos los requisitos establecidos en la resolución aprobatoria de
las presentes bases.
5.º En el caso de que no se localizase a la persona candidata, no se presentase en
el día y hora indicados, no cumpliese con los requisitos o rechazase ocupar el puesto
ofertado, decaerá en su derecho de permanecer en la lista y la contratación se ofertará a
la persona candidata que ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente
hasta la cobertura de la plaza.
6.º Las personas que, en el momento del llamamiento, se encuentren en situación
de maternidad o de embarazo de riesgo, serán llamadas en las mismas condiciones que

cve: BOE-A-2024-27544
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Núm. 315