Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Consorcio Centro Federico García Lorca. Estatutos. (BOE-A-2024-27615)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publican los Estatutos modificados del Consorcio Centro Federico García Lorca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187908
referente cultural permanente no solo para la ciudad de Granada, sino también, para
Andalucía y el conjunto del Estado Español, con relevancia internacional.
d) La organización de actividades pedagógicas, especialmente dirigidas a niños y
jóvenes, tales como visitas formativas de alumnos de colegios e institutos, talleres de
iniciación y de enseñanza de las diferentes disciplinas artísticas, actividades de fomento
de la lectura; todas ellas realizadas en colaboración con los centros educativos (colegios,
institutos, universidades, etc.). En el desarrollo de todas estas actividades se prestará
especial atención a la divulgación de la obra de Federico García Lorca.
Artículo 15.
Además, la actividad y gestión del Centro Federico García Lorca presenta una doble
dimensión:
a) Como Centro de Actividades Culturales y Pedagógicas: área destinada a la
realización de actividades culturales que permitirá ofrecer al público una selección de
excelencia en el ámbito de la creación contemporánea en campos como la literatura, la
música, las artes plásticas, el pensamiento, el cine, el teatro, las artes audiovisuales, etc.
De la misma manera, se desarrollará una acción intensa y extensa en el apartado
pedagógico; así, se organizarán talleres de iniciación y enseñanza en las diferentes
disciplinas artísticas, fomento de la lectura y visitas formativas de centros escolares,
visitas formativas de centros educativos, etc.
b) Como Centro de Investigación, documentación y conservación: área dedicada a
la conservación y difusión del legado propiedad del Consorcio y del patrimonio de la
Fundación García Lorca que se encuentra depositado en el Centro.
TÍTULO II
Régimen orgánico del Consorcio
CAPÍTULO PRIMERO
Organización
Sección primera.
Estructura orgánica
Artículo 16.
1. La estructura del Consorcio estará constituida por los siguientes órganos de
gobierno y dirección:
A. Órganos de gobierno:
El Consejo Rector.
La Comisión Ejecutiva.
La Dirección-Gerencia.
La Comisión de Programación.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, y cuando las necesidades
de funcionamiento así lo aconsejen, el Consejo Rector podrá acordar la creación de
otros órganos colegiados cuya naturaleza, composición y funciones se determinen en el
acuerdo de constitución.
cve: BOE-A-2024-27615
Verificable en https://www.boe.es
B. Órganos de dirección:
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187908
referente cultural permanente no solo para la ciudad de Granada, sino también, para
Andalucía y el conjunto del Estado Español, con relevancia internacional.
d) La organización de actividades pedagógicas, especialmente dirigidas a niños y
jóvenes, tales como visitas formativas de alumnos de colegios e institutos, talleres de
iniciación y de enseñanza de las diferentes disciplinas artísticas, actividades de fomento
de la lectura; todas ellas realizadas en colaboración con los centros educativos (colegios,
institutos, universidades, etc.). En el desarrollo de todas estas actividades se prestará
especial atención a la divulgación de la obra de Federico García Lorca.
Artículo 15.
Además, la actividad y gestión del Centro Federico García Lorca presenta una doble
dimensión:
a) Como Centro de Actividades Culturales y Pedagógicas: área destinada a la
realización de actividades culturales que permitirá ofrecer al público una selección de
excelencia en el ámbito de la creación contemporánea en campos como la literatura, la
música, las artes plásticas, el pensamiento, el cine, el teatro, las artes audiovisuales, etc.
De la misma manera, se desarrollará una acción intensa y extensa en el apartado
pedagógico; así, se organizarán talleres de iniciación y enseñanza en las diferentes
disciplinas artísticas, fomento de la lectura y visitas formativas de centros escolares,
visitas formativas de centros educativos, etc.
b) Como Centro de Investigación, documentación y conservación: área dedicada a
la conservación y difusión del legado propiedad del Consorcio y del patrimonio de la
Fundación García Lorca que se encuentra depositado en el Centro.
TÍTULO II
Régimen orgánico del Consorcio
CAPÍTULO PRIMERO
Organización
Sección primera.
Estructura orgánica
Artículo 16.
1. La estructura del Consorcio estará constituida por los siguientes órganos de
gobierno y dirección:
A. Órganos de gobierno:
El Consejo Rector.
La Comisión Ejecutiva.
La Dirección-Gerencia.
La Comisión de Programación.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, y cuando las necesidades
de funcionamiento así lo aconsejen, el Consejo Rector podrá acordar la creación de
otros órganos colegiados cuya naturaleza, composición y funciones se determinen en el
acuerdo de constitución.
cve: BOE-A-2024-27615
Verificable en https://www.boe.es
B. Órganos de dirección: