Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2024-27431)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186403

Cambio de régimen jurídico
La fase de oposición aportará el 60 % de la nota final, siendo necesario superar la
misma para superar el proceso selectivo. Constará de un único ejercicio que consistirá
en un examen tipo test de 60 preguntas y tres respuestas alternativas cada una, relativas
al contenido del grupo de temas de cambio de régimen jurídico del programa recogido en
el anexo II. Podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en
el caso de que se anule alguna de las 60 anteriores.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 80 minutos.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, de las
cuales sólo una de ellas será correcta. Para su realización, las personas aspirantes
deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de
acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las respuestas correctas tendrán el
mismo valor de 1 punto y las contestaciones erróneas o en blanco no penalizan.
El ejercicio se puntuará de 0 a 60 puntos, y será necesario obtener una puntuación
mínima de 18 puntos para superarlo.
6.4

Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición, los y las aspirantes por los sistemas de promoción interna
y para el cambio de régimen jurídico que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20
días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que han superado la fase
de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo V, modelo A o B)
debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde
presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base
decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
1.1

Sistema de promoción interna.

Se valorarán los siguientes méritos, hasta un máximo de 20 puntos:









Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.
Grado personal igual al 17: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 3 puntos.
Grado personal igual al 15: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 14: 2 puntos.
Grado personal igual al 13: 1,5 puntos.
Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.

1.1.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados
en el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y
sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La calificación final del concurso-oposición, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

cve: BOE-A-2024-27431
Verificable en https://www.boe.es

1.1.1 Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o
escalas del subgrupo C2 desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
1.1.2 Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que
se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el cuerpo o
escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos: