Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27440)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal, para los Grupos Profesionales M3, M2, 2G, 3G, 4G y E1 del IV Convenio Único de la Administración General del Estado, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186671

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos en el que se valorarán,
hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha
de publicación de la convocatoria.
1. Méritos profesionales: la puntuación máxima será de 60 puntos (60 % del total de
la fase de concurso).
Se valorará la experiencia profesional por servicios efectivos prestados en los
últimos 10 años siempre que las funciones desarrolladas sean iguales o equivalentes a
las de la categoría profesional objeto de la estabilización a la que se pretende acceder,
según los siguientes criterios:
a) Servicios efectivos prestados en el Imserso en la misma clasificación profesional
a la que se pretende acceder: 0,50 puntos por mes completo de servicios.
(La puntuación máxima es el 100 % o 60 puntos y se consigue con diez años).
b) Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicas con funciones
equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización en la Administración
General del Estado o en otras Administraciones Públicas o en el Sector Público, incluidas
las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en
la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea: 0,25 puntos por mes completo de servicios.
(La puntuación máxima es el 50 % o 30 puntos y se consigue con diez años).
c) Servicios efectivos con funciones equivalentes prestados en otros ámbitos no
incluidos en los apartados anteriores: 0,1 puntos por mes completo de servicios.
(La puntuación máxima es el 20 % o 12 puntos y se consigue a los diez años).
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se valorarán proporcionalmente.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo periodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, aplicando el baremo fijado
en más de un apartado de los descritos anteriormente, solo se tendrá en cuenta aquel
que permita al trabajador o trabajadora obtener una mayor puntuación. Por tanto, en
ningún caso, se podrá generar doble puntuación por un mismo periodo de prestación.
Para la valoración de este mérito será necesario aportar:
1. Certificado de Servicios Prestados expedido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración según modelo que figura en el anexo IV de la convocatoria.
2. Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
3. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos exigidos en los demás casos se
sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la
experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
2. Méritos Académicos: la puntuación máxima será 40 puntos (40 % del total de la
fase de concurso).
a) Por haber superado uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el
acceso al mismo nivel de clasificación profesional en los últimos en los últimos 5 años:
hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará con 2,5 puntos por cada ejercicio superado.

cve: BOE-A-2024-27440
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 314