Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27440)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal, para los Grupos Profesionales M3, M2, 2G, 3G, 4G y E1 del IV Convenio Único de la Administración General del Estado, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186672

b) Por haber realizado, en los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la
convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con
las funciones del puesto al que se concursa: hasta un máximo de 20 puntos.
La valoración de los cursos a los que se hace referencia en el apartado b) anterior se
realizará según el siguiente desglose:
– Cursos recibidos: 0,1 puntos por hora.
– Cursos impartidos: 0,02 puntos por hora.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la administración o
centros legalmente autorizados y reconocidos.
No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a 15 horas, en el caso
de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición. Se valorará una
sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.
Forma de acreditación: para la valoración de los méritos académicos será necesario
aportar copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos
realizados o impartidos.
c) Por poseer una titulación académica o de formación especializada o cualificación
profesional, siempre que pertenezca a la misma rama o familia profesional, hasta un
máximo de 10 puntos:
Se valorarán:
Para los grupos M3, M2 y 2G.
Posesión de titulación académica distinta de la aportada como requisito de acceso,
de igual o superior nivel y perteneciente a la misma rama de conocimiento, de alguno de
los siguientes niveles:
– Doctorado: 10 puntos.
– Máster: 5 puntos por cada máster.
– Grado: 2,5 puntos por cada grado.
Para los grupos profesionales 3G, 4G y E1:
Dentro de la misma familia profesional, se valorarán aquellas titulaciones o
cualificaciones de distinta especialidad, en el caso de ser de nivel inferior o igual a la
exigida en el grupo al que se opta, y todas las titulaciones o cualificaciones de nivel
superior a la exigida en el grupo al que se opta.

– Cualificación profesional completa de formación profesional básica: 0,625 puntos.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado medio: 1,25
puntos.
– Cualificación profesional completa de formación profesional de grado superior: 2,5
puntos.
– Título de formación profesional básico: 5 puntos.
– Título de formación profesional de grado medio: 7,5 puntos.
– Título de formación profesional de grado superior: 10 puntos.
En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se
resolverán atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Imserso con la misma la
misma clasificación profesional objeto de la estabilización a la que se pretende acceder.

cve: BOE-A-2024-27440
Verificable en https://www.boe.es

Todo ello, de acuerdo con el siguiente baremo de puntuación: