Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2024-27469)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024
Disposición adicional cuarta.

Sec. III. Pág. 186816

Reiteración de solicitudes.

No se admitirán a trámite las solicitudes referidas a inmuebles en los que el
Consorcio de la Ciudad de Toledo haya concedido ayudas para la rehabilitación,
mientras no haya transcurrido el plazo de cinco o diez años (según corresponda) desde
la fecha de la notificación de la resolución de reconocimiento del derecho al cobro
anterior, salvo que no se refieran al mismo tipo de intervención para el que se obtuvo la
subvención y no superen el límite máximo subvencionable.
Disposición final.

Entrada en vigor.

Las presentes bases entrarán en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
En Toledo.–El Presidente del Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad
de Toledo, Carlos Velázquez Romo.
ANEXO I
El registro técnico para la rehabilitación
A.1.1 Objeto.
El objeto de la creación del Registro Técnico para la Rehabilitación es poner a
disposición de los solicitantes de las ayudas que se establecen en estas bases la
relación de empresas que deseen participar como empresas homologadas en el
programa mediante su inscripción en él.
Las empresas homologadas se comprometerán a ejecutar las obras, cumpliendo los
requisitos y condiciones establecidas en este anexo.
A.1.2

Definiciones y clasificación.

Se definen como empresas homologadas para la rehabilitación las empresas,
constructores y contratistas con capacidad legal para contratar obras parciales o
completas de rehabilitación sobre los edificios de la ciudad histórica.
De igual forma se definen dentro de las anteriores las empresas de control de calidad
homologadas para la rehabilitación.
A.1.3 Condiciones generales para la homologación de empresas en el Registro
Técnico de Rehabilitación.
Son condiciones para la inscripción y homologación de empresas en el Registro
Técnico de Rehabilitación, las siguientes:

a) Estar al día de sus obligaciones fiscales, Seguridad Social y Ayuntamiento de
Toledo.
b) No haber sido sancionado mediante resolución firme por infracción urbanística
grave o muy grave en el ámbito de estas bases en los últimos cinco años.
4.

Aceptación expresa de:

a) La supervisión de las obras por los técnicos del Consorcio de la Ciudad de Toledo.
b) Los plazos de garantía de las obras establecidas en estas bases.

cve: BOE-A-2024-27469
Verificable en https://www.boe.es

1. Experiencia demostrable en obras de rehabilitación o reformas de edificios y
viviendas similares a las autorizadas en el ámbito de las Ordenanzas del PECHT.
2. No haber sido denegada su validación anual de su homologación en el Registro
Técnico de Rehabilitación.
3. Declaración expresa y responsable de: