Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2024-27469)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186805
dentro de cada una de las bolsas en función de los criterios de valoración específicos de
cada bolsa que se exponen a continuación.
13.1 Bolsa número 1: Rehabilitación de viviendas en edificios colectivos y edificios
de una sola vivienda.
Las solicitudes se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los
criterios detallados a continuación:
a)
Estado de la intervención a subvencionar.
– La totalidad de la intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia
municipal de obras, se encuentra finalizada, tiene acreditada con justificantes el gasto
realizado (facturas) y el pago del mismo: 80 puntos.
– La intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia municipal de
obras, se encuentra finalizada, tiene acreditada con justificantes al menos un 66 % del
gasto realizado (facturas) y el pago del mismo: 50 puntos.
– La intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia municipal de
obras, se encuentra en ejecución, tiene acreditada con justificantes al menos un 33 % del
gasto realizado (facturas) y el pago del mismo: 30 puntos.
– La intervención está iniciada, tiene concesión parcial de licencia municipal de
obras y solicitada ampliación de la misma para unidades de obra adicionales: 15 puntos.
– No se ha iniciado la ejecución, pero se dispone de concesión de licencia: 5 puntos.
– Sólo se ha solicitado licencia municipal de obras: 0 puntos.
b)
Nivel de catalogación del edificio:
–
–
–
–
–
Sin catalogación: 1 punto.
Nivel de catalogación E: 2 puntos.
Nivel de catalogación P: 3 puntos.
Nivel de catalogación M: 4 puntos.
Nivel de catalogación BIC: 5 puntos.
c) Tipo de subvención aplicable según el tramo de renta, según el artículo 10.1.3 de
estas bases:
– Tipo de subvención del 50 %: 5 puntos.
– Tipo de subvención del 40 %: 3 puntos.
– Tipo de subvención del 30 %: 1 punto.
d)
Tipo de actuación (en caso de varias, se elige el caso de mayor puntuación):
cve: BOE-A-2024-27469
Verificable en https://www.boe.es
– Accesibilidad, en beneficio de usuario/s con situación de discapacidad acreditada
con un grado reconocido igual o superior al 33 %: 10 puntos.
– Accesibilidad, en beneficio de usuario/s con situación de discapacidad acreditada
con un grado reconocido inferior al 33 %: 7 puntos.
– Ocultación de instalaciones: 3 puntos.
– Mejora de la eficiencia energética (cambio de carpinterías, mejora del aislamiento
u otras intervenciones encaminadas a la mejora energética de la vivienda): 2 puntos.
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186805
dentro de cada una de las bolsas en función de los criterios de valoración específicos de
cada bolsa que se exponen a continuación.
13.1 Bolsa número 1: Rehabilitación de viviendas en edificios colectivos y edificios
de una sola vivienda.
Las solicitudes se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los
criterios detallados a continuación:
a)
Estado de la intervención a subvencionar.
– La totalidad de la intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia
municipal de obras, se encuentra finalizada, tiene acreditada con justificantes el gasto
realizado (facturas) y el pago del mismo: 80 puntos.
– La intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia municipal de
obras, se encuentra finalizada, tiene acreditada con justificantes al menos un 66 % del
gasto realizado (facturas) y el pago del mismo: 50 puntos.
– La intervención a subvencionar dispone de concesión de licencia municipal de
obras, se encuentra en ejecución, tiene acreditada con justificantes al menos un 33 % del
gasto realizado (facturas) y el pago del mismo: 30 puntos.
– La intervención está iniciada, tiene concesión parcial de licencia municipal de
obras y solicitada ampliación de la misma para unidades de obra adicionales: 15 puntos.
– No se ha iniciado la ejecución, pero se dispone de concesión de licencia: 5 puntos.
– Sólo se ha solicitado licencia municipal de obras: 0 puntos.
b)
Nivel de catalogación del edificio:
–
–
–
–
–
Sin catalogación: 1 punto.
Nivel de catalogación E: 2 puntos.
Nivel de catalogación P: 3 puntos.
Nivel de catalogación M: 4 puntos.
Nivel de catalogación BIC: 5 puntos.
c) Tipo de subvención aplicable según el tramo de renta, según el artículo 10.1.3 de
estas bases:
– Tipo de subvención del 50 %: 5 puntos.
– Tipo de subvención del 40 %: 3 puntos.
– Tipo de subvención del 30 %: 1 punto.
d)
Tipo de actuación (en caso de varias, se elige el caso de mayor puntuación):
cve: BOE-A-2024-27469
Verificable en https://www.boe.es
– Accesibilidad, en beneficio de usuario/s con situación de discapacidad acreditada
con un grado reconocido igual o superior al 33 %: 10 puntos.
– Accesibilidad, en beneficio de usuario/s con situación de discapacidad acreditada
con un grado reconocido inferior al 33 %: 7 puntos.
– Ocultación de instalaciones: 3 puntos.
– Mejora de la eficiencia energética (cambio de carpinterías, mejora del aislamiento
u otras intervenciones encaminadas a la mejora energética de la vivienda): 2 puntos.