Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-27487)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Guadalsolar Cuatro, SLU, de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del parque solar fotovoltaico Somozas Solar, de 153,4 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

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presentará ante el organismo de cuenca la documentación preceptiva del proyecto, en su
diseño final, que, en todo caso, deberá ajustarse a las conclusiones de los estudios
hidrológicos y de inundaciones y contar con la conformidad del organismo de cuenca
previamente a la autorización del proyecto.
Se requiere que acredite la conformidad del organismo de cuenca.
– La Declaración de Impacto Ambiental establece que:
El promotor deberá realizar estudios de percepción visual con la finalidad de ubicar
las pantallas vegetales previstas en aquellos emplazamientos que amortigüen la
visibilidad de las infraestructuras desde los núcleos de población y otras zonas de
concentración de potenciales observadores.
Se requiere que presente los citados estudios.
– La Declaración de Impacto Ambiental establece que:
El promotor deberá prospectar los alrededores de las plantas, de la SET y del
trazado final subterráneo de la línea de evacuación con objeto de identificar núcleos de
población, viviendas aisladas y edificios de uso sensible emplazados en su proximidad
previamente a la autorización del proyecto. En el supuesto de presencia de alguno de los
anteriores, se deberán desplazar aquellos elementos del proyecto a distancia superior
a 200 m de núcleos de población y de 100 m de viviendas aisladas u otras edificaciones
de uso sensible, y si el desplazamiento resultara inviable, deberá justificarse de forma
motivada esta circunstancia. En todo caso, deberá garantizarse que el nivel de densidad
de flujo o inducción magnéticos sea inferior a 100 μT, conforme a la recomendación del
Consejo de la UE DOCE (13 de julio de 1999).
Se requiere aclaración al respecto del cumplimiento del citado condicionante.
– De conformidad con la DIA, se requiere la presentación del PVA actualizado.
– Se requiere presentación de declaración responsable que acredite el cumplimiento
de la DIA, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, así como declaración responsable que acredite el cumplimiento de la
normativa que es de aplicación, de conformidad con el artículo 53.1b de la citada ley y
con mención expresa al citado artículo.
Con fecha 14 de junio de 2024, Guadalsolar Cuatro, SLU, ha registrado respuesta en
la cual no subsana las cuestiones requeridas, si bien pone de manifiesto que los
condicionantes de la DIA preveían determinar la imposibilidad de continuar con el
desarrollo del proyecto, resultando económicamente inviable, que además sufre una
creciente y notable oposición social y administrativa, de modo que Guadalsolar Cuatro,
SLU, solicita lo siguiente:
Se tenga por comunicada la inviabilidad de continuar con el desarrollo y construcción
del Proyecto debido a los condicionantes establecidos por la DGPNyPF, recogidos en la
DIA y AAP del Proyecto, y la oposición del Ayuntamiento de Val de San Lorenzo y la
Junta Vecinal de Valderrey, y se dicte resolución por la que se archive el expediente
administrativo PFot-123 ante la inviabilidad sobrevenida de poder continuar con la
tramitación del Proyecto como consecuencia, por un lado, del propio condicionado
establecido en la DIA y en la AAP, que impiden la construcción del Proyecto, tal y como
fue concebido y solicitado por Guadasolar, y, por otro lado, de los informes negativos y
desfavorables emitidos por diversas Administraciones Públicas.
En concreto, Guadalsolar Cuatro se refiere a los siguientes actos administrativos:
– En el marco del trámite de información pública y consultas previo a la emisión de la
Declaración de Impacto Ambiental, informe de la Dirección General de Patrimonio

cve: BOE-A-2024-27487
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Núm. 314