Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. I. Disposiciones generales. Comunidad Autónoma del País Vasco. Traspaso de funciones y servicios. (BOE-A-2024-27396)
Real Decreto 1309/2024, de 23 de diciembre, de ampliación de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, en materia de Fundaciones y Asociaciones Culturales, Libro y Bibliotecas, Cinematografía, Música y Teatro, Juventud y Promoción Sociocultural, Patrimonio Histórico-Artístico y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 185582
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta.
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria
segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, de ampliación de funciones de la
Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el
Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, en materia de Fundaciones y
Asociaciones Culturales, Libro y Bibliotecas, Cinematografía, Música y Teatro, Juventud
y Promoción Sociocultural, Patrimonio Histórico-Artístico y Deportes, adoptado por el
Pleno de dicha Comisión en su reunión del día 16 de diciembre de 2024 y que se
transcribe como anexo de este real decreto.
Artículo 2.
Ampliación de funciones traspasadas.
En consecuencia, quedan ampliadas las funciones de la Administración del Estado
traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 3069/1980,
de 26 de septiembre, en materia de Fundaciones y Asociaciones Culturales, Libro y
Bibliotecas, Cinematografía, Música y Teatro, Juventud y Promoción Sociocultural,
Patrimonio Histórico-Artístico y Deportes, según figura en el Acuerdo de la Comisión
Mixta y en los términos y condiciones que allí se especifican.
Artículo 3. Efectividad de la ampliación de funciones traspasadas.
La ampliación de funciones traspasadas será efectiva a partir de la fecha señalada
en el Acuerdo de la Comisión Mixta.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Este real decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Boletín Oficial del País Vasco», adquiriendo vigencia el día de su publicación.
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2024-27396
Verificable en https://www.boe.es
ÁNGEL VÍCTOR TORRES PÉREZ
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 185582
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta.
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria
segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, de ampliación de funciones de la
Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el
Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, en materia de Fundaciones y
Asociaciones Culturales, Libro y Bibliotecas, Cinematografía, Música y Teatro, Juventud
y Promoción Sociocultural, Patrimonio Histórico-Artístico y Deportes, adoptado por el
Pleno de dicha Comisión en su reunión del día 16 de diciembre de 2024 y que se
transcribe como anexo de este real decreto.
Artículo 2.
Ampliación de funciones traspasadas.
En consecuencia, quedan ampliadas las funciones de la Administración del Estado
traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 3069/1980,
de 26 de septiembre, en materia de Fundaciones y Asociaciones Culturales, Libro y
Bibliotecas, Cinematografía, Música y Teatro, Juventud y Promoción Sociocultural,
Patrimonio Histórico-Artístico y Deportes, según figura en el Acuerdo de la Comisión
Mixta y en los términos y condiciones que allí se especifican.
Artículo 3. Efectividad de la ampliación de funciones traspasadas.
La ampliación de funciones traspasadas será efectiva a partir de la fecha señalada
en el Acuerdo de la Comisión Mixta.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Este real decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Boletín Oficial del País Vasco», adquiriendo vigencia el día de su publicación.
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2024-27396
Verificable en https://www.boe.es
ÁNGEL VÍCTOR TORRES PÉREZ