Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27365)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y la PYME innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: línea Agroinnpulso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 185296

Sexto.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 ha previsto que ENISA recibirá del MAPA en el ejercicio 2024 un máximo de 15
millones de euros, en virtud de la disposición citada de la Ley de Presupuestos para el
ejercicio 2021, con cargo al servicio 8 Programa 414B de la DGDRIFA.
Mediante el presente convenio, en un contexto de presupuestos prorrogados, el MAPA
aporta un total de 10 millones de euros a ENISA y se establecen, en cumplimiento de lo
previsto en la Ley 11/2020, 30 de diciembre, las condiciones, criterios, procedimientos y
control que esta deberá establecer para la concesión de los préstamos participativos. El
convenio contempla asimismo las obligaciones asumidas por cada una de las partes en la
gestión de esta línea de financiación, denominada Línea Agroinnpulso.
Séptimo.
Con fecha 13 de diciembre ENISA y Fondo Europeo de Inversiones (FEI) han
formalizado contrato de garantía en el Marco del Fondo InvestEU que incluye el Producto
de Innovación y Digitalización. Dicho contrato permite, por un lado, el reintegro por FEI
del 70 % del principal e intereses de cada operación cubierta por la garantía con un tope
máximo del 25 % del valor de la cartera aprobada por FEI obligando, por otro lado, a
incorporar medidas de acceso mejorado a la financiación de los destinatarios finales que
suponen una reducción del primer tramo de interés de los préstamos participativos
cubiertos por la garantía.
Octavo.
El presente convenio se rige por la disposición adicional sexagésima segunda de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021 y, de forma supletoria, por las restantes normas de Derecho Administrativo.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto instrumentalizar la transferencia de fondos del
MAPA a ENISA con destino a la línea de financiación a proyectos empresariales de base
digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito agroalimentario a
través de la figura del préstamo participativo.
Asimismo, el presente convenio tiene por objeto regular las condiciones, criterios,
procedimientos y control que ENISA deberá aplicar a la concesión de los préstamos
participativos.
Préstamo del MAPA a ENISA.

ENISA recibirá un préstamo del MAPA en el año 2024 por un importe de hasta 10
millones de euros, con el objeto de favorecer la financiación de proyectos empresariales
innovadores y digitales promovidos por PYMES agroalimentarias. El préstamo tendrá un
período máximo de amortización de diez años, a tipo de interés 0 % y sin necesidad de
garantías.
El préstamo será concedido con cargo a la aplicación presupuestaria
21.08.414B.821.06, 10 millones, y financiará los préstamos participativos aprobados por
ENISA contra la línea de financiación a proyectos empresariales de base digital
promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito agroalimentario a través
de la figura del préstamo participativo (Línea Agroinnpulso).

cve: BOE-A-2024-27365
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.