Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2024-27301)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185122
El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización de
las distintas pruebas del proceso selectivo, que se publicará en la sede electrónica de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria (Agencia Tributaria: Trabajar en la Agencia
Tributaria).
6.8 Se habilita al tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de
alguna de sus fases, así como para su descentralización, incluida la lectura de los
ejercicios.
Para ello, el tribunal calificador podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el
orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de
los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como de celeridad,
agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos.
También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente necesario y
contar con el apoyo administrativo preciso en las sedes descentralizadas.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid.
7.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y
habrán de expresarlo en la solicitud de participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad así lo precisen,
podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos.
Para ello, tal como se indica en la base 5.5.f, deberán formular la petición
correspondiente en la solicitud de participación en las pruebas selectivas y aportar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que haya/n dado origen
al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
A estos efectos, el Tribunal calificador aplicará las adaptaciones de tiempos previstas
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 13 de
junio).
7.3 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese
plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la
realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-27301
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185122
El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización de
las distintas pruebas del proceso selectivo, que se publicará en la sede electrónica de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria (Agencia Tributaria: Trabajar en la Agencia
Tributaria).
6.8 Se habilita al tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de
alguna de sus fases, así como para su descentralización, incluida la lectura de los
ejercicios.
Para ello, el tribunal calificador podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el
orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de
los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como de celeridad,
agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos.
También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente necesario y
contar con el apoyo administrativo preciso en las sedes descentralizadas.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid.
7.
Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y
habrán de expresarlo en la solicitud de participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad así lo precisen,
podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos.
Para ello, tal como se indica en la base 5.5.f, deberán formular la petición
correspondiente en la solicitud de participación en las pruebas selectivas y aportar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que haya/n dado origen
al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
A estos efectos, el Tribunal calificador aplicará las adaptaciones de tiempos previstas
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 13 de
junio).
7.3 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que
se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese
plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la
realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-27301
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