Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-27297)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 184986

6.4 Período de prácticas. Las personas aspirantes que superen la fase de oposición
deberán superar un período de prácticas de una duración máxima de cinco meses, para
lo que serán nombradas personal funcionario en prácticas.
La organización y desarrollo del período de prácticas se determinará mediante
resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La superación del periodo de prácticas se acreditará en la forma en que se determine
en la citada resolución, teniendo en cuenta los centros u organismos donde las prácticas
se lleven a cabo.
Se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la calificación de «apto»
para superarlo. La calificación de «no apto» deberá estar adecuadamente motivada.
El período de prácticas podrá conllevar un régimen de internado, en cuyo caso las
personas aspirantes deberán observar las reglas de funcionamiento propias de los
centros donde se impartan y cumplir las normas generales de convivencia y orden que
rijan en los mismos pudiendo ser motivo de calificación como «no apto» el
incumplimiento acreditado de las referidas normas. Igualmente podrá comprender la
realización de otras actividades formativas presenciales o a distancia.
7.

Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos
años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de
oposición, en un año.
El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo
de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas
pruebas del proceso selectivo.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente
por aquellas cuyo apellido comience por la letra «V» según lo establecido en la
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024
(«Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio).
8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido empiece por la letra «W» y así sucesivamente.
8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el
apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar
su máxima divulgación.
8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al
artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso
selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.
8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el
tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la
celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o
cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

cve: BOE-A-2024-27297
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Núm. 313