Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27383)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escarnes Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024
8.
Sec. III. Pág. 185474
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
El Parque Eólico Escarnes Eólico forma parte del clúster «Titán», un conjunto
de 16 parques híbridos, compuesto de 16 plantas fotovoltaicas existentes y en
explotación con una potencia total de 608,48 MW y los nuevos módulos de tecnología
eólica. En total, contando con el PE Escarnes Eólico, suman 53 nuevos aerogeneradores
de 6,10 MW cada uno y que resultan un total de 323,30 MW, dando como resultado un
complejo de energías renovables de 931,78 MW.
En la actualidad, se encuentran en funcionamiento en un radio de 10 Km, los
Parques Eólicos Aes, Aelo, Calasi, Aequitas, Arvales, Augur, Albuena, Anteo, Arete,
Axilo, Carmenta, Insitor, Halio y Candelaria. Forman un cluster de 85 aerogeneradores y
una potencia total de 510 MW.
Consta, asimismo, la tramitación sustantiva en curso de otros tres proyectos de
energías renovables, que en algunos de los casos coinciden con la ubicación de los
aerogeneradores de este proyecto.
El estudio de impacto ambiental aportado ha sido redactado de forma común a los 16
proyectos sometidos a tramitación y alude a la futura tramitación por el promotor de una
tercera fase, compuesta por 12 aerogeneradores más.
En las proximidades del proyecto, existen una amplia red de líneas eléctricas de alta
tensión de varias empresas que comunican centros de generación de energía.
El emplazamiento seleccionado tiene una visibilidad media, ya que, en caso de
ejecutarse los parques eólicos del clúster «Titán», serán visibles desde el 38 % de su
cuenca visual. Los seis núcleos urbanos afectados por el clúster, Escatrón, Chiprana y
Caspe en la provincia de Zaragoza y Alcañiz, Samper de Calanda y Castelnou en la
provincia de Teruel, se sitúan en zona de poca o nula visibilidad con respecto a las
instalaciones proyectadas, por lo que no tendrán visual con las instalaciones,
minimizando el impacto visual que generaría la implantación del proyecto sobre la
población residente.
En cuanto a las infraestructuras viarias, las instalaciones proyectadas serán visibles
de manera discontinua y con un grado de exposición visual muy bajo en un tramo
de 2,62 km de la carretera A-224 y en un tramo de casi 3 km de la línea de ferrocarril.
La inclusión del clúster «Titan» supone un aumento del 0,02 % en el impacto visual
ocasionado por la infraestructura eléctrica presente y proyectada, pasándose de
un 87,31 % de superficie impactada a un 87,33 %. Esto provoca un incremento del
impacto visual sinérgico sea muy bajo. Respecto al paisaje, las nuevas infraestructuras
proyectadas supondrán en fase de explotación un extenso elemento visual artificial, que
se sumaría al resto de infraestructuras existentes y proyectadas, incrementando la
antropización del medio.
Para la vegetación, el estudio de sinergias no considera proyectos en tramitación, ni
proyectos autorizados.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la pérdida y fragmentación de hábitat, al que se añade el impacto
de los aerogeneradores, por el riesgo de colisión para la avifauna y quirópteros. A su
vez, cabe destacar el efecto barrera ocasionado por todos los proyectos de energías
renovables y líneas eléctricas, junto con los ya existentes.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca, a la Dirección
General de Calidad Ambiental, Dirección General de Gestión Forestal y al Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 18 de octubre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del
plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 12 de noviembre de 2024, la Dirección General de Medio Natural, Caza y
Pesca del Gobierno de Aragón remite informe conjunto respecto de los 16 parques
cve: BOE-A-2024-27383
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
8.
Sec. III. Pág. 185474
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
El Parque Eólico Escarnes Eólico forma parte del clúster «Titán», un conjunto
de 16 parques híbridos, compuesto de 16 plantas fotovoltaicas existentes y en
explotación con una potencia total de 608,48 MW y los nuevos módulos de tecnología
eólica. En total, contando con el PE Escarnes Eólico, suman 53 nuevos aerogeneradores
de 6,10 MW cada uno y que resultan un total de 323,30 MW, dando como resultado un
complejo de energías renovables de 931,78 MW.
En la actualidad, se encuentran en funcionamiento en un radio de 10 Km, los
Parques Eólicos Aes, Aelo, Calasi, Aequitas, Arvales, Augur, Albuena, Anteo, Arete,
Axilo, Carmenta, Insitor, Halio y Candelaria. Forman un cluster de 85 aerogeneradores y
una potencia total de 510 MW.
Consta, asimismo, la tramitación sustantiva en curso de otros tres proyectos de
energías renovables, que en algunos de los casos coinciden con la ubicación de los
aerogeneradores de este proyecto.
El estudio de impacto ambiental aportado ha sido redactado de forma común a los 16
proyectos sometidos a tramitación y alude a la futura tramitación por el promotor de una
tercera fase, compuesta por 12 aerogeneradores más.
En las proximidades del proyecto, existen una amplia red de líneas eléctricas de alta
tensión de varias empresas que comunican centros de generación de energía.
El emplazamiento seleccionado tiene una visibilidad media, ya que, en caso de
ejecutarse los parques eólicos del clúster «Titán», serán visibles desde el 38 % de su
cuenca visual. Los seis núcleos urbanos afectados por el clúster, Escatrón, Chiprana y
Caspe en la provincia de Zaragoza y Alcañiz, Samper de Calanda y Castelnou en la
provincia de Teruel, se sitúan en zona de poca o nula visibilidad con respecto a las
instalaciones proyectadas, por lo que no tendrán visual con las instalaciones,
minimizando el impacto visual que generaría la implantación del proyecto sobre la
población residente.
En cuanto a las infraestructuras viarias, las instalaciones proyectadas serán visibles
de manera discontinua y con un grado de exposición visual muy bajo en un tramo
de 2,62 km de la carretera A-224 y en un tramo de casi 3 km de la línea de ferrocarril.
La inclusión del clúster «Titan» supone un aumento del 0,02 % en el impacto visual
ocasionado por la infraestructura eléctrica presente y proyectada, pasándose de
un 87,31 % de superficie impactada a un 87,33 %. Esto provoca un incremento del
impacto visual sinérgico sea muy bajo. Respecto al paisaje, las nuevas infraestructuras
proyectadas supondrán en fase de explotación un extenso elemento visual artificial, que
se sumaría al resto de infraestructuras existentes y proyectadas, incrementando la
antropización del medio.
Para la vegetación, el estudio de sinergias no considera proyectos en tramitación, ni
proyectos autorizados.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la pérdida y fragmentación de hábitat, al que se añade el impacto
de los aerogeneradores, por el riesgo de colisión para la avifauna y quirópteros. A su
vez, cabe destacar el efecto barrera ocasionado por todos los proyectos de energías
renovables y líneas eléctricas, junto con los ya existentes.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca, a la Dirección
General de Calidad Ambiental, Dirección General de Gestión Forestal y al Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 18 de octubre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del
plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 12 de noviembre de 2024, la Dirección General de Medio Natural, Caza y
Pesca del Gobierno de Aragón remite informe conjunto respecto de los 16 parques
cve: BOE-A-2024-27383
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313