Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-27390)
Orden TDF/1494/2024, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la integración de inteligencia artificial en las cadenas de valor de medios de comunicación, en el contexto de la Estrategia de Inteligencia Artificial 2024 -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185498
Las bases reguladoras por las que se convoca la concesión de ayudas recogidas en
la presente Orden se enmarcan, además, en el Plan de Acción por la Democracia
aprobado por Consejo de ministros el 17 de septiembre de 2024, en su Línea de
acción 2.4. «Promoción de una mayor calidad del debate público», y concretamente en
su línea 2.4.4, con la puesta en marcha de un programa de ayudas dotado con 100
millones de euros para promover la digitalización de los medios de comunicación a
través de la creación de bases de datos, el desarrollo de herramientas de mejora de la
productividad y calidad informativa, así como el refuerzo de la ciberseguridad.
Tal y como se recoge en dicho Plan, el sector de medios de comunicación en España
está atravesando un profundo cambio derivado de los profundos efectos que ha
producido la digitalización del sector, redefiniendo las bases del periodismo profesional y
de la distribución de la información. A pesar de la gran cantidad de oportunidades que la
digitalización ofrece al sector, ésta no está exenta de desafíos que afectan a su
sostenibilidad económica y a la preservación de la calidad de los contenidos y de la
información. Resolver estos desafíos es una tarea crítica para asegurar una democracia
plural y transparente.
La inteligencia artificial es una tecnología que proporciona una enorme capacidad de
transformación y optimización de los sectores económicos y sociales. En el marco de los
medios de comunicación tiene una gran capacidad para conseguir la generación de
contenidos de gran calidad y de la verificación de fuentes de información, la distribución
personalizada y plural de contenidos o la mejora del retorno económico a través de la
publicidad, entre otras aplicaciones. A través de la convocatoria de ayudas de
integración de inteligencia artificial en medios de comunicación se persigue la adopción
de estas tecnologías con el fin de contribuir a la generación de modelos económicos
sostenibles que favorezcan la generación de información de calidad y plural en beneficio
de la sociedad.
II
La convocatoria de ayudas financia proyectos de desarrollo experimental de amplia
difusión, de acuerdo al artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 de 17 de junio, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Se trata, por tanto, de ayudas compatibles con el mercado interior y exentas de la
obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de
funcionamiento de la UE. La financiación de proyectos en esos niveles de madurez
tecnológica representa un apoyo a los productos y servicios que podrían estar cercanos
a ser adoptados por el mercado y, por tanto, transferidos a la cadena de valor, en este
caso dentro del sector de medios de comunicación y de generación de contenidos de
información.
Los proyectos financiados deberán tener como instrumento fundamental de su
desarrollo la aplicación de la inteligencia artificial, o ser habilitadores para ella, de modo
que tengan encaje en la financiación prevista en el Componente 16 Reforma 1 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas ayudas se aprueban a la luz del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de las normas de la Unión Europea
sobre la materia y estatales de desarrollo o transposición de aquellas. Son ayudas para
el desarrollo de proyectos de I+D+i de desarrollo experimental consideradas exentas en
virtud del Reglamento (UE) 651/2014 de 17 de junio. La forma en la que se articulará la
subvención será la de concurrencia competitiva, mediante un único pago anticipado por
el total de la ayuda.
Las ayudas contribuyen en un 100 % al etiquetado digital asignado al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia según el anexo VII del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (etiqueta 09bis) y contribuyen al hito 251 de la
cve: BOE-A-2024-27390
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185498
Las bases reguladoras por las que se convoca la concesión de ayudas recogidas en
la presente Orden se enmarcan, además, en el Plan de Acción por la Democracia
aprobado por Consejo de ministros el 17 de septiembre de 2024, en su Línea de
acción 2.4. «Promoción de una mayor calidad del debate público», y concretamente en
su línea 2.4.4, con la puesta en marcha de un programa de ayudas dotado con 100
millones de euros para promover la digitalización de los medios de comunicación a
través de la creación de bases de datos, el desarrollo de herramientas de mejora de la
productividad y calidad informativa, así como el refuerzo de la ciberseguridad.
Tal y como se recoge en dicho Plan, el sector de medios de comunicación en España
está atravesando un profundo cambio derivado de los profundos efectos que ha
producido la digitalización del sector, redefiniendo las bases del periodismo profesional y
de la distribución de la información. A pesar de la gran cantidad de oportunidades que la
digitalización ofrece al sector, ésta no está exenta de desafíos que afectan a su
sostenibilidad económica y a la preservación de la calidad de los contenidos y de la
información. Resolver estos desafíos es una tarea crítica para asegurar una democracia
plural y transparente.
La inteligencia artificial es una tecnología que proporciona una enorme capacidad de
transformación y optimización de los sectores económicos y sociales. En el marco de los
medios de comunicación tiene una gran capacidad para conseguir la generación de
contenidos de gran calidad y de la verificación de fuentes de información, la distribución
personalizada y plural de contenidos o la mejora del retorno económico a través de la
publicidad, entre otras aplicaciones. A través de la convocatoria de ayudas de
integración de inteligencia artificial en medios de comunicación se persigue la adopción
de estas tecnologías con el fin de contribuir a la generación de modelos económicos
sostenibles que favorezcan la generación de información de calidad y plural en beneficio
de la sociedad.
II
La convocatoria de ayudas financia proyectos de desarrollo experimental de amplia
difusión, de acuerdo al artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 de 17 de junio, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Se trata, por tanto, de ayudas compatibles con el mercado interior y exentas de la
obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de
funcionamiento de la UE. La financiación de proyectos en esos niveles de madurez
tecnológica representa un apoyo a los productos y servicios que podrían estar cercanos
a ser adoptados por el mercado y, por tanto, transferidos a la cadena de valor, en este
caso dentro del sector de medios de comunicación y de generación de contenidos de
información.
Los proyectos financiados deberán tener como instrumento fundamental de su
desarrollo la aplicación de la inteligencia artificial, o ser habilitadores para ella, de modo
que tengan encaje en la financiación prevista en el Componente 16 Reforma 1 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas ayudas se aprueban a la luz del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de las normas de la Unión Europea
sobre la materia y estatales de desarrollo o transposición de aquellas. Son ayudas para
el desarrollo de proyectos de I+D+i de desarrollo experimental consideradas exentas en
virtud del Reglamento (UE) 651/2014 de 17 de junio. La forma en la que se articulará la
subvención será la de concurrencia competitiva, mediante un único pago anticipado por
el total de la ayuda.
Las ayudas contribuyen en un 100 % al etiquetado digital asignado al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia según el anexo VII del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (etiqueta 09bis) y contribuyen al hito 251 de la
cve: BOE-A-2024-27390
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313