Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. I. Disposiciones generales. Contrataciones en origen. (BOE-A-2024-27290)
Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 184879

d) La realización de aquellas medidas dirigidas a dar cumplimiento a los requisitos
de control sanitario exigidos tanto en el puesto de trabajo como en el control fronterizo, o
en los desplazamientos intermedios, que establezca la autoridad sanitaria competente,
asumiendo el coste que derive de las mismas.
e) La actuación diligente en orden a garantizar el regreso de las personas
trabajadoras a su país de origen una vez concluida la actividad laboral, o la no
superación de la fase de formación en los supuestos previstos en la orden, siendo
preferente el regreso colectivo en los medios de transporte proporcionados por las
empresas o asociaciones empresariales. Ello incluirá su acompañamiento hasta su
efectiva salida de España por un o una representante del empleador o de la empleadora
que hable un idioma que comprenda, les asista y pueda atender incidencias durante los
regresos colectivos.
La facilitación a las personas trabajadoras del acompañamiento, asistencia e
información básicas, especialmente, respecto a las características de su contratación, la
actividad a desarrollar, el registro diario de la jornada que permanecerá a disposición de
las personas trabajadoras y los derechos y obligaciones de aquellos, facilitando y
promoviendo la intervención de la representación legal de los trabajadores o
trabajadoras o en su caso de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión
Provincial de flujos migratorios, o en su caso, en la Comisión Provincial relativa a las
campañas agrícolas. Igualmente, se deberá facilitar información y formación específica y
actualizada sobre las medidas específicas de prevención que se implanten tanto a
emergencias de tipo sanitario como las derivadas de catástrofes y fenómenos
meteorológicos adversos.
f) Disponer de las medidas previstas en todos aquellos planes o protocolos a cuya
realización se encuentren obligados los empleadores o las empleadoras de conformidad
con la normativa vigente en materia de igualdad, de prevención del acoso sexual y el
acoso por razón de sexo en el trabajo y otras.
3. Se establecerán los mecanismos de colaboración oportunos con la
Administración para garantizar el llamamiento de las personas trabajadoras en origen en
los términos previstos en su contrato.
Artículo 4. Causas de denegación de la gestión colectiva de ofertas de empleo y de
exclusión de las personas trabajadoras en el procedimiento de gestión colectiva de
contrataciones en origen.
1. Las solicitudes de gestión de ofertas de empleo presentadas al amparo de la
presente orden serán denegadas en el caso de que el empleador o la empleadora haya
incurrido en alguna de las siguientes circunstancias en los tres años inmediatamente
anteriores a la presentación de la solicitud:
a) El incumplimiento de cualquiera de las garantías y obligaciones empresariales
establecidas en esta orden, en particular las definidas en el artículo 3.
b) El desistimiento empresarial posterior a la fecha en que la Dirección General de
Gestión Migratoria autorizó el proceso selectivo en el país de origen, sin que medie
causa suficiente que lo justifique. Igualmente, será causa de denegación que el
empleador o la empleadora no contratase a la persona trabajadora extranjera una vez
concedida la autorización correspondiente.
c) El incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 64 y 69 del
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
d) El incumplimiento de las obligaciones contractuales laborales recogidas en el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. La concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el apartado anterior
respecto a ofertas de empleo presentadas al amparo de la presente orden podrá también

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Núm. 313