Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27233)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las cuentas anuales de los partidos políticos, ejercicio 2020.
423 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181868

La formación comunica haber celebrado 12 contratos en el ejercicio 2020, por un importe total
de 285.971,60 euros (IVA excluido). En el cuadro siguiente se recoge la contratación
celebrada, por tipo de tramitación y procedimiento, señalando, para cada modalidad, el
número de contratos en los que se ha realizado publicidad:

Contratación

Tramitación

Confidencial
Urgente
Confidencial/Urgente

Total
Procedimiento
Total

Adjudicación directa
Menor

Publicidad


Contratos

Importe (€)

7
2
3
12
6
6
12

80.140,00
15.120,00
190.711,60
285.971,60
217.231,60
68.740,00
285.971,60

%
58,00%
17,00%
25,00%
100,00%
50%
50%
100,00%

Número
0
0
0
0
0
0
0

%
0,00%
0,00%
0,00%
0,00%
0,00%
0,00%
0,00%

Como se puede observar, la formación únicamente ha contratado en el ejercicio 2020 a través
de tramitación urgente y/o confidencial, sin haber realizado publicidad de la licitación y/o
adjudicación en ninguno de sus expedientes. No ha sido posible realizar un análisis de la
concurrencia de empresas licitadoras al no haberse aportado información al respecto.
De la muestra analizada no se han observado otras incidencias.
7. En relación con el sistema de prevención de riesgos penales, al cierre del ejercicio 2020 el
partido ha diseñado y aprobado dos de los requisitos esenciales del sistema (órgano de
vigilancia y canal ético o de denuncias), cumpliendo parcialmente el artículo 9 bis de la LOPP.
Con respecto a los requisitos mapa de riesgos, código de conducta, sistema disciplinario y
revisión periódica siguen presentando carencias en su contenido mínimo, tal y como se indicó
en el anterior informe de fiscalización. Por tanto, el sistema ha alcanzado el estado “en
desarrollo” según los criterios adoptados en esta fiscalización4.
8. Respecto a la subvención estatal para sufragar los gastos de seguridad, la formación ha
correspondiente al año 2020 cumpliendo con las condiciones establecidas en el artículo 18 del
Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre, por el que se regula la tramitación de estas
4

La formación política señala en las alegaciones que tanto el código de conducta como el régimen disciplinario resultan de aplicación a
los empleados, por remisión del plan de prevención de riesgos penales. Sin embargo, se considera que ambos deberían contener una
referencia expresa a su ámbito de aplicación al tratarse de documentos diferentes.

cve: BOE-A-2024-27233
Verificable en https://www.boe.es

presentado, en el plazo establecido, la cuenta justificativa de la citada subvención