Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27231)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adaptación de los medios propios existentes en el ámbito empresarial estatal no financiero a las exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181601

efectos TRAGSA ha rendido el documento de análisis de costes que sirvió de base para la
determinación de las tarifas aprobadas para 2018 para el Grupo, fechado en el mes de marzo de
ese mismo año, en el que se analizan los costes indirectos, gastos generales de estructura, mano
de obra, costes de suministro de material y maquinaria. Asimismo, en el Informe de Gestión
correspondiente al ejercicio 2019 constan los parámetros seguidos en la revisión de las tarifas,
aprobada por la Comisión en el mes de abril para los encargos formalizados a partir del 1 de
mayo.
En conclusión, cabe entender acreditado el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en
relación con la determinación y aprobación de las tarifas por parte del Grupo.
n) Valencia Plataforma Intermodal y Logística, S.A., S.M.E., M.P (Valencia PIL)
Requisito de actividad
Valencia PIL es una sociedad mercantil estatal cuyo objeto social es el desarrollo logístico e
intermodal asociado a los Puertos de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV). Los Estatutos de
la Sociedad reconocen su condición de medio propio de la Autoridad Portuaria de Valencia.
La Sociedad recibió de la Autoridad Portuaria de Valencia una encomienda de gestión en el año
2014 para realizar la comercialización y promoción de los puertos y zonas de actividades
logísticas dependientes de la gestión de la Autoridad Portuaria durante los años 2014, 2015, 2016
y 2017, que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2018. Con posterioridad, el 20 de
diciembre de 2018 el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria aprobó un nuevo
encargo a la entidad con el mismo objeto y vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre
de 2019.
La Sociedad realiza la parte esencial de su actividad para la APV, lo que se acredita mediante
certificación expedida por el Director Financiero de Valencia PIL el 24 de octubre de 2018. Utiliza
como indicador los “gastos de explotación”, y, de acuerdo con los datos remitidos
correspondientes a los ejercicios 2015, 2016 y 2017, los gastos ocasionados como consecuencia
de la encomienda de gestión, posteriormente encargo, superarían en los tres ejercicios el 85 % de
los gastos totales de explotación.

cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es

En la memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2018 se incluye una nota específica para
justificar el requisito de actividad, utilizando este indicador y exponiendo el porcentaje
correspondiente a los ejercicios 2018 (que estaría por encima del 91 %) y 2017, si bien no
contiene los datos relativos a los tres últimos ejercicios. En el informe de auditoría de 2018 no se
hace ninguna referencia a esta cuestión. Del mismo modo, en la memoria correspondiente al
ejercicio 2019 se incluyen los datos relativos al cumplimiento del requisito de actividad en 2018 y
2019 (los gastos derivados del encargo representan más del 81 %) y no se hace referencia en el
informe de auditoría correspondiente.