Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27231)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adaptación de los medios propios existentes en el ámbito empresarial estatal no financiero a las exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181590

En el Informe emitido por la IGAE sobre la Memoria justificativa de la condición de medio propio,
de 18 de octubre de 2019, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 86.3 de la LRJSP, figura la
presentación por parte de INECO de una aclaración sobre la vigencia de la comparación de las
tarifas con mercado que ha sido remitido en el trámite de alegaciones por la Entidad, y en el que
se hace referencia a que la Inspección General del Ministerio de Fomento emitió informe el 22 de
abril de 2016, verificando que las tarifas propuestas por INECO se ajustan, e incluso están por
debajo de las de mercado, no obstante, la citada aclaración no consta firmada y no se adjunta el
referido informe. En consecuencia, no se ha dispuesto de datos suficientes que permitan acreditar
que las tarifas se ajustan a los requisitos establecidos en el artículo 32 de la LCSP, más allá de su
aprobación por la entidad pública de la que depende el medio propio personificado.
f) Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A, S.M.E, M.P. (ISDEFE).
Requisito de actividad
ISDEFE es una empresa pública de consultoría e ingeniería en el ámbito de la defensa y la
seguridad, que es medio propio personificado de la AGE y de todas su entidades vinculadas y
dependientes.
ISDEFE ha acreditado el cumplimiento del requisito de actividad atendiendo al indicador de
“ingresos”, es decir, a los ingresos obtenidos por encargos en relación con el total de ingresos
anuales. En aplicación de este criterio, ISDEFE ha dedicado una media del 87,62 % de su
volumen de negocio a las actividades de medio propio en el periodo 2016-2018.
En la memoria de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2018, se incluye un apartado
específico en el que se recoge su consideración como medio propio y servicio técnico de la AGE y
de los entes, entidades y organismos vinculados y dependientes de ella, así como el cálculo del
peso porcentual de las actividades que realiza como medio propio sobre el total de su actividad.
Del mismo modo, en el informe de auditoría se constata específicamente la verificación de que
“más del 80 % de la actividad se ha llevado a cabo en ejercicio de los cometidos que le han sido
confiados por el poder adjudicador que lo controla y a las tarifas aprobadas reglamentariamente”.
Por otra parte, también en la memoria de las cuentas anuales de 2019 se incluye una nota en la
que se establecen los servicios que la Sociedad, como medio propio y servicio técnico, presta a
sus poderes adjudicadores, así como su peso porcentual sobre el resto de las actividades,
ascendiendo este a un 90,96 %. Del mismo modo, en el informe de auditoría de las cuentas
anuales de 2019 se pone de manifiesto que se ha incluido, dentro de sus procedimientos de
verificación, una serie de comprobaciones sobre su actividad como medio propio.
Cálculo y aprobación de tarifas

De acuerdo con la información remitida por ISDEFE, las tarifas se aprueban previa comprobación,
revisión e informe por parte del Grupo de Evaluación de Costes de la Dirección General de
Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.
Por otra parte, la Entidad ha rendido los análisis de costes y compensación por aplicación de
tarifas correspondientes a los ejercicios 2017 y 2018.

cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es

La Entidad ha aportado las Resoluciones del Director General de Asuntos Económicos del
Ministerio de Defensa, de fechas 18 de marzo de 2016, 28 de septiembre de 2018 y de 28 de
mayo de 2019, aprobando las tarifas a aplicar por la Entidad. Estas tarifas se basan en la
aplicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 2008.