Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27231)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adaptación de los medios propios existentes en el ámbito empresarial estatal no financiero a las exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
93 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181589

que actuaba como empresa asociada en aplicación de la entonces vigente Ley 31/2007, que
regulaba los procedimientos de contratación en los sectores excluidos, no aporta información
suficiente si no se acompaña de los datos que acreditan que la influencia dominante bajo la que
se encuentran estas entidades contratantes la ostentan directa o indirectamente los poderes
adjudicadores respecto de los cuales INECO tiene la condición de medio propio. No obstante, se
ha comprobado que, en el periodo fiscalizado, las entidades contratantes para las que INECO
actuaba como empresa asociada eran poderes adjudicadores dependientes del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por lo que, desde esta perspectiva, se trataba de
entidades controladas por los poderes adjudicadores que controlan al medio propio y pueden
conferirle encargos.
Una segunda cuestión que cabe resaltar es que en la aplicación del citado indicador en ningún
momento se discrimina sobre las actividades que se desarrollan bajo la cobertura formal de un
encargo o son de cumplimiento obligatorio y con compensación de costes, como exige la Circular
conjunta de 22 de marzo de 2019, y aun así el Informe emitido por la IGAE en aplicación del
artículo 86 de la LRJSP fue favorable, lo que puede resultar contradictorio.
Finalmente, hay que añadir que el cálculo del porcentaje de actividad se encuentra incluido en las
memorias de las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019. Los informes de auditoría
correspondientes se limitan, sin embargo, a incluir un párrafo de énfasis en el que se señala la
condición de medio propio de INECO, sin especificar si se han realizado comprobaciones en
relación con el cumplimiento del requisito de actividad. No obstante, en el trámite de alegaciones,
INECO ha remitido un documento específico del auditor en el que se detalla que se ha
comprobado la actividad realizada por INECO para las entidades de las que es medio propio
durante los ejercicios 2016-2018.
Cálculo y aprobación de tarifas
INECO ha remitido dos memorias para la aprobación de tarifas, ambas de 2016, una con tarifas
sujetas a IVA y otra con tarifas no sujetas a IVA, que fueron aprobadas por Orden de 9 de mayo
de 2016 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y cuya vigencia se mantiene
en la actualidad. Debe traerse a colación, nuevamente, la reforma operada por la Disposición Final
Décima de la LCSP al artículo 7.8 de la Ley 37/1992 reguladora del IVA, por la que se declaran no
sujetas las actuaciones derivadas de encargos de poderes adjudicadores a medios propios
personificados, lo que hace necesario la revisión de las tarifas aprobadas en 2016.

cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es

Estas tarifas se calculan de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo del Consejo de
Ministros por el que se dan instrucciones para la atribución de la condición de medio propio y
servicio técnico a sociedades mercantiles estatales cuyo capital corresponde en su integridad a la
Administración General del Estado o a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y a
fundaciones constituidas con aportación íntegra de esa entidad”, de 6 de junio de 2008, también
utilizado para el cálculo de las tarifas de 2010, anteriormente vigentes.