Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27231)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adaptación de los medios propios existentes en el ámbito empresarial estatal no financiero a las exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181584

Cálculo y aprobación de tarifas
De acuerdo con la información remitida, durante el ejercicio 2018 EMFESA fue retribuida mediante
compensación tarifaria aprobada en cada encargo realizado por los poderes adjudicadores ADIF y
ADIF-AV. De acuerdo con la documentación recibida, ADIF establece la compensación tarifaria
con el impuesto sobre el valor añadido (IVA) incluido. En relación con la aplicación del IVA, cabe
recordar que la Disposición Final décima de la LCSP modificó el artículo 7.8.c) de la Ley 37/1992,
de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, determinando la no sujeción al IVA de
los servicios prestados en virtud de los encargos realizados por los poderes adjudicadores a los
medios propios personificados, en los términos del artículo 32 de la LCSP, por lo que las
compensaciones tarifarias aprobadas por ADIF no deberían incluir este concepto.3
EMFESA ha informado que, a la fecha de redacción de este Informe, se estaban elaborando unas
tarifas para ser aprobadas por los accionistas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 32
de la LCSP.
c) Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A., S.M.E., M.P. (EMGRISA)
Requisito de actividad
Como ya se ha señalado, EMGRISA tiene reconocido en sus Estatutos sociales su carácter de
medio propio y servicio técnico de la AGE y de sus organismos públicos, de SEPI, de ENUSA, del
CIEMAT, de ENAIRE, de ADIF, de RENFE, de Puertos del Estado y de A.l. Abra Industrial, S.A.,
S.M.E., así como de las sucesivas entidades del sector público que cumplan los requisitos
contemplados en la LCSP.
EMGRISA se constituyó teniendo como objeto social la realización de cuantas actividades fueran
necesarias para la correcta gestión de los programas y acciones del Plan Nacional de Residuos
Industriales a que se refiere la Ley 20/1986, de 14 de mayo. Durante los ejercicios 2018 y 2019,
su actividad principal ha consistido en la caracterización y descontaminación de suelos
contaminados y en la gestión de residuos industriales.

3

La Entidad alega que algunas tarifas contemplaban el IVA por referirse a actividades incluidas en las excepciones
establecidas por la Ley. No obstante, ninguna de las tarifas analizadas se refiere a las actividades excepcionadas en la
Disposición final décima de la LCSP.

cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es

La Entidad ha certificado que, durante los ejercicios 2017, 2018 y 2019, desarrolló un 89 % de
promedio del volumen de actividad referido al indicador “horas de trabajo imputadas a proyectos”
a favor de sus poderes adjudicadores y entidades contratantes pertenecientes al sector público,
según el siguiente detalle: