Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27231)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adaptación de los medios propios existentes en el ámbito empresarial estatal no financiero a las exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181577
artículo 32 de la LCSP debería contar con una representación de la AGE en el Consejo de
Administración o de aquellas entidades vinculadas respecto de las que ostenta la consideración
de medio propio, de manera que pueda acreditarse una unidad de decisión y su participación en la
toma de decisiones de la Entidad.
c) Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM)
La FNMT-RCM es una entidad pública empresarial que realiza actividades de interés general de
naturaleza industrial o mercantil, adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública. La parte
esencial de su actividad está dedicada a la prestación de servicios y la fabricación de productos
oficiales para la AGE y, a efectos contractuales, tiene la consideración de poder adjudicador.
Mediante el Real Decreto 199/2009, de 23 de febrero, se incluyó en sus Estatutos su condición de
medio propio y servicio técnico de la AGE. Posteriormente, el Real Decreto 336/2014 amplió las
entidades respecto de las que tendría consideración de medio propio, incluyendo los organismos,
entes y entidades del sector público estatal, de naturaleza jurídica pública y privada, vinculados o
dependientes de la AGE.
Finalmente, la Disposición Final séptima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente
al COVID-19, ha añadido una Disposición Adicional quincuagésimo quinta a la LCSP, ampliando
el ámbito en el que la Entidad actuaría como medio propio personificado a los sectores públicos
autonómico y local, además de al estatal, pero solo respecto a las entidades que tuvieran
consideración de poder adjudicador y siempre que se cumplieran los requisitos previstos en el
artículo 32 de la LCSP.
La Entidad ha aportado un certificado del Secretario de Consejo de Administración de 1 de
octubre de 2019 sobre la composición del Consejo de Administración, según el cual, en él están
representados varios Ministerios. No obstante, no se cumple en la actualidad el requisito de
control efectivo por parte de los poderes adjudicadores pertenecientes a las administraciones
autonómica y local, respecto de las que también ostenta la condición de medio propio
personificado como consecuencia de la modificación operada por el Real Decreto-ley 11/2020, de
31 de marzo, en la LCSP. En consecuencia, deberán realizarse las actuaciones precisas para
garantizar la participación de estas administraciones en la toma de decisiones y en la
determinación de los objetivos estratégicos del medio propio.
d) Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A, S.M.E, M.P. (ISDEFE)
ISDEFE es una sociedad mercantil de consultoría e ingeniería, de titularidad pública y
dependiente del Ministerio de Defensa, creada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de
septiembre de 1985.
Sin embargo, la Entidad no ha remitido a este Tribunal un documento certificado sobre la
composición y designación de su Consejo de Administración que permita verificar el cumplimiento
del requisito de control efectivo respecto de la AGE y del resto de entidades vinculadas, como son
las Autoridades Portuarias o ENAIRE que, durante el periodo fiscalizado, han realizado algún
encargo a ISDEFE.
cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es
La totalidad de las acciones que conforman su capital social pertenecen al Instituto Nacional de
Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” (INTA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de
Defensa. De acuerdo con sus Estatutos, ISDEFE es medio propio de la AGE y de todas las
entidades dependientes o vinculadas a esta.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181577
artículo 32 de la LCSP debería contar con una representación de la AGE en el Consejo de
Administración o de aquellas entidades vinculadas respecto de las que ostenta la consideración
de medio propio, de manera que pueda acreditarse una unidad de decisión y su participación en la
toma de decisiones de la Entidad.
c) Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM)
La FNMT-RCM es una entidad pública empresarial que realiza actividades de interés general de
naturaleza industrial o mercantil, adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública. La parte
esencial de su actividad está dedicada a la prestación de servicios y la fabricación de productos
oficiales para la AGE y, a efectos contractuales, tiene la consideración de poder adjudicador.
Mediante el Real Decreto 199/2009, de 23 de febrero, se incluyó en sus Estatutos su condición de
medio propio y servicio técnico de la AGE. Posteriormente, el Real Decreto 336/2014 amplió las
entidades respecto de las que tendría consideración de medio propio, incluyendo los organismos,
entes y entidades del sector público estatal, de naturaleza jurídica pública y privada, vinculados o
dependientes de la AGE.
Finalmente, la Disposición Final séptima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente
al COVID-19, ha añadido una Disposición Adicional quincuagésimo quinta a la LCSP, ampliando
el ámbito en el que la Entidad actuaría como medio propio personificado a los sectores públicos
autonómico y local, además de al estatal, pero solo respecto a las entidades que tuvieran
consideración de poder adjudicador y siempre que se cumplieran los requisitos previstos en el
artículo 32 de la LCSP.
La Entidad ha aportado un certificado del Secretario de Consejo de Administración de 1 de
octubre de 2019 sobre la composición del Consejo de Administración, según el cual, en él están
representados varios Ministerios. No obstante, no se cumple en la actualidad el requisito de
control efectivo por parte de los poderes adjudicadores pertenecientes a las administraciones
autonómica y local, respecto de las que también ostenta la condición de medio propio
personificado como consecuencia de la modificación operada por el Real Decreto-ley 11/2020, de
31 de marzo, en la LCSP. En consecuencia, deberán realizarse las actuaciones precisas para
garantizar la participación de estas administraciones en la toma de decisiones y en la
determinación de los objetivos estratégicos del medio propio.
d) Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A, S.M.E, M.P. (ISDEFE)
ISDEFE es una sociedad mercantil de consultoría e ingeniería, de titularidad pública y
dependiente del Ministerio de Defensa, creada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de
septiembre de 1985.
Sin embargo, la Entidad no ha remitido a este Tribunal un documento certificado sobre la
composición y designación de su Consejo de Administración que permita verificar el cumplimiento
del requisito de control efectivo respecto de la AGE y del resto de entidades vinculadas, como son
las Autoridades Portuarias o ENAIRE que, durante el periodo fiscalizado, han realizado algún
encargo a ISDEFE.
cve: BOE-A-2024-27231
Verificable en https://www.boe.es
La totalidad de las acciones que conforman su capital social pertenecen al Instituto Nacional de
Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” (INTA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de
Defensa. De acuerdo con sus Estatutos, ISDEFE es medio propio de la AGE y de todas las
entidades dependientes o vinculadas a esta.