Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181687
ejercicio siguiente, bien directamente o bien de manera opcional, para aquellos grupos que no
procedan al reintegro.
No obstante, en 4 de dichos ayuntamientos52 no está previsto el reintegro o descuento de los
remanentes no gastados, incorporándose como saldo inicial de la dotación del ejercicio siguiente.
Esta práctica de permitir que los remanentes o dotaciones no aplicadas al final del periodo se
incorporen al ejercicio siguiente, posponiendo su exigencia a la finalización del mandato, permite
acumular saldos elevados en las cuentas bancarias de los grupos municipales, incumpliéndose el
principio de anualidad de las dotaciones económicas y la finalidad de que las mismas se asignen
para el funcionamiento ordinario de los grupos políticos. Además, como ya se indicó, en dos ellos
la exigencia al final de mandato se produce tan sólo para aquellos grupos que no continúan en la
nueva Corporación.
En el ejercicio 2022 se han llevado a cabo reintegros por un importe total de 95 miles de euros,
correspondientes en 6 ayuntamientos53 a devoluciones realizadas por los grupos por iniciativa
propia, con ocasión de la justificación de las dotaciones, y en otros 554 a procedimientos de
exigencia de reintegros a los grupos, como consecuencia de las actuaciones de control de la
Intervención.
En el Anexo 7 se detallan los importes por los ingresos reintegrados por diversos grupos en 19
Ayuntamientos en el periodo 2020-2022, que han sido ingresados por los grupos municipales, de
forma voluntaria con ocasión de la justificación o como consecuencia del procedimiento de
exigencia de reintegros una vez comprobada la adecuación de la justificación a la finalidad de la
dotación.
Asimismo, en aquellos ayuntamientos en que el control de la Intervención ha cuantificado la
existencia de cuantías no gastadas o indebidamente justificadas en sus informes de control
emitidos en 2022, se ha constatado que dichas cantidades han sido reintegradas por los grupos
municipales a los que se les ha exigido, excepto en el Ayuntamiento de Barcelona, en el que los
informes de la Intervención correspondientes a las dotaciones de los ejercicios 2020 y 2021 se
recogen deficiencias en la justificación de los gastos realizados por varios grupos municipales,
pero no se han detraído dichos importes de la aportaciones a los grupos afectados
correspondientes al ejercicio siguiente, tal y como exige su propia normativa interna.
En el caso del Ayuntamiento de Pontevedra, no se ha producido el reintegro de la asignación
abonada en el ejercicio 2020 al grupo mixto, que quedó disuelto en dicho periodo, por importe de
26 miles de euros, a pesar de que no haber presentado la documentación justificativa de la
dotación.
52
Ayuntamientos de Girona, Madrid, Valencia y Valladolid.
53
Ayuntamientos de Albacete, Palencia, Palma, Huelva, Oviedo y Tarragona.
54
Ayuntamientos de Burgos, Cuenca, Guadalajara, Pamplona, Salamanca.
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, en el Ayuntamiento de Sevilla se siguió asignando y pagando la misma dotación a
uno de los grupos, a pesar de que contaba con un concejal menos, que había pasado a ser
miembro no adscrito en 2021, debiendo haberse solicitado al grupo el reintegro del componente
variable correspondiente a dicho miembro, por importe de 13 miles de euros.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181687
ejercicio siguiente, bien directamente o bien de manera opcional, para aquellos grupos que no
procedan al reintegro.
No obstante, en 4 de dichos ayuntamientos52 no está previsto el reintegro o descuento de los
remanentes no gastados, incorporándose como saldo inicial de la dotación del ejercicio siguiente.
Esta práctica de permitir que los remanentes o dotaciones no aplicadas al final del periodo se
incorporen al ejercicio siguiente, posponiendo su exigencia a la finalización del mandato, permite
acumular saldos elevados en las cuentas bancarias de los grupos municipales, incumpliéndose el
principio de anualidad de las dotaciones económicas y la finalidad de que las mismas se asignen
para el funcionamiento ordinario de los grupos políticos. Además, como ya se indicó, en dos ellos
la exigencia al final de mandato se produce tan sólo para aquellos grupos que no continúan en la
nueva Corporación.
En el ejercicio 2022 se han llevado a cabo reintegros por un importe total de 95 miles de euros,
correspondientes en 6 ayuntamientos53 a devoluciones realizadas por los grupos por iniciativa
propia, con ocasión de la justificación de las dotaciones, y en otros 554 a procedimientos de
exigencia de reintegros a los grupos, como consecuencia de las actuaciones de control de la
Intervención.
En el Anexo 7 se detallan los importes por los ingresos reintegrados por diversos grupos en 19
Ayuntamientos en el periodo 2020-2022, que han sido ingresados por los grupos municipales, de
forma voluntaria con ocasión de la justificación o como consecuencia del procedimiento de
exigencia de reintegros una vez comprobada la adecuación de la justificación a la finalidad de la
dotación.
Asimismo, en aquellos ayuntamientos en que el control de la Intervención ha cuantificado la
existencia de cuantías no gastadas o indebidamente justificadas en sus informes de control
emitidos en 2022, se ha constatado que dichas cantidades han sido reintegradas por los grupos
municipales a los que se les ha exigido, excepto en el Ayuntamiento de Barcelona, en el que los
informes de la Intervención correspondientes a las dotaciones de los ejercicios 2020 y 2021 se
recogen deficiencias en la justificación de los gastos realizados por varios grupos municipales,
pero no se han detraído dichos importes de la aportaciones a los grupos afectados
correspondientes al ejercicio siguiente, tal y como exige su propia normativa interna.
En el caso del Ayuntamiento de Pontevedra, no se ha producido el reintegro de la asignación
abonada en el ejercicio 2020 al grupo mixto, que quedó disuelto en dicho periodo, por importe de
26 miles de euros, a pesar de que no haber presentado la documentación justificativa de la
dotación.
52
Ayuntamientos de Girona, Madrid, Valencia y Valladolid.
53
Ayuntamientos de Albacete, Palencia, Palma, Huelva, Oviedo y Tarragona.
54
Ayuntamientos de Burgos, Cuenca, Guadalajara, Pamplona, Salamanca.
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, en el Ayuntamiento de Sevilla se siguió asignando y pagando la misma dotación a
uno de los grupos, a pesar de que contaba con un concejal menos, que había pasado a ser
miembro no adscrito en 2021, debiendo haberse solicitado al grupo el reintegro del componente
variable correspondiente a dicho miembro, por importe de 13 miles de euros.