Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27230)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) como medio propio, ejercicios 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181457

resoluciones o actos en los que se formaliza el encargo excluyen cualquier cláusula por la que
TRAGSA pueda resolver, modificar, interpretar unilateralmente el encargo, así como suspenderlo
o desistir de su realización. En todos los expedientes, las instrucciones fueron fijadas
unilateralmente por la entidad que realizó el encargo.
En este sentido, el RD 69/2019, que regula la preparación y formalización de los encargos,
establece que las actuaciones obligatorias deben estar definidas en proyectos, memorias, pliegos
u otros documentos técnicos y valoradas en su correspondiente presupuesto. Estos documentos
deben ser aprobados con carácter previo a la formalización del encargo y a su comunicación a
TRAGSA. En el análisis de las previsiones establecidas en los encargos, se ha tenido en cuenta,
además de lo dispuesto en el encargo formalizado, lo establecido en los pliegos de condiciones
técnicas y administrativas, en el caso de que existieran.

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En los encargos 0460402, 0461772 y 0461782 “Mantenimiento de pistas, jardines, cuadras e
infraestructura del recinto del Hipódromo de la Zarzuela de Madrid” para, respectivamente, el
primer, tercer y cuarto trimestre de 2021, se han producido “de facto” modificados, ampliando
el importe del encargo, sin que se haya formalizado esta modificación. En el expediente
0460402, el importe de la modificación fue superior al del encargo en 24.160,69 euros (IVA
incluido); en el expediente 0461772, el importe superó en 43.452,26 euros (IVA incluido) al
encargo; y la ampliación del expediente 0461782 superó en 1.825,23 euros (IVA incluido) el
importe del encargo inicial.

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Aunque en el expediente 1928173 “Obras de terminación de la Biblioteca Pública del Estado
en Córdoba” hay constancia de una modificación del proyecto y del encargo por importe
inferior al 20 %, la conformidad de esta modificación por parte de TRAGSA está sin
formalizar.

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Los encargos 1220218 y 1220268 “Construcción, montaje y desmontaje de instalaciones
provisionales para la acogida de personas en situación de vulnerabilidad en diversos espacios
de la Comunidad Autónoma de Canarias” e “Instalación de módulos prefabricados para la
acogida de personas en situación de vulnerabilidad en diversos espacios de la Comunidad
Autónoma de Canarias” traen causa en dos Resoluciones de emergencia, por 4,5 y 5 millones
de euros, respectivamente. El coste de estas actuaciones ascendió a 12,2 millones de euros,
con un exceso de ejecución de 2,7 millones respecto de lo consignado en el presupuesto. A
30 de septiembre de 2022 estaba pendiente de tramitación administrativa el abono de las
unidades ejecutadas fuera de presupuesto. Estos encargos no fueron ejecutados con los
medios propios de TRAGSA que únicamente aportó los suministros y alquileres adquiridos a
terceros, habiendo subcontratado los trabajos de montaje, por lo que la Sociedad actuó como
un mero intermediario. El margen de beneficio obtenido por TRAGSA en estos encargos fue
de 540.702,7 y 324.124,01 euros, respectivamente, debido básicamente a la diferencia entre
el precio de los contratos con terceros (suministros y los alquileres) y las tarifas aplicadas a
esas unidades de obra. Las relaciones valoradas adolecen de la firma de conformidad del
director de las obras designado por la Administración, al igual que las dos únicas actas de
recepción parcial existentes por importe conjunto de 4,5 millones, levantadas en febrero y
marzo de 2022 por trabajos del expediente 1220218.

cve: BOE-A-2024-27230
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En cuanto a la previsión de las modificaciones de los encargos, considerada como una buena
práctica, no se contempla esta posible incidencia en el 42 % de la muestra analizada, que afecta a
los 36 expedientes obrantes en los archivos de TRAGSA y relacionados en el ANEXO XIV. En los
encargos realizados por TRAGSA procedentes de TRAGSATEC, tampoco se contemplan las
posibles modificaciones, si bien estos expedientes tienen el carácter de no obligatorios, aunque el
encargo originario a una de las empresas del grupo sí tiene carácter de obligatorio.