Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27230)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) como medio propio, ejercicios 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181452

debe notarse que se trata de una actuación de mantenimiento, sin que se aprecie ninguna
mejora en la prestación de los servicios públicos en las sedes judiciales, por lo que estaría
fuera del objeto social de TRAGSA.

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El expediente 1230041 encargado el 7 de febrero de 2020 y el 1230111 se prorrogaron
durante 2021 y 2022; en 2023 se unificaron en un único contrato. En estos expedientes, se
justificaron los encargos por falta de personal y la necesidad de contratación de refuerzo.
Para ejecutar el primer encargo TRAGSA empleó un 46,42 % de personal temporal y para el
segundo un 97,48 %.

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El expediente 1211211 encargado el 21 de mayo de 2021, es un encargo para refuerzo a los
medios de los que dispone el Cabildo, que fue prorrogado para el año siguiente y obedece a
un defecto estructural de personal. Además, aunque en el expediente consta que TRAGSA
cuenta con unos medios técnicos, equipos y capacidad de respuesta de los que,
probablemente, ninguna otra empresa disponga, tanto humanos, como de medios materiales,
pudiendo adaptarse de manera ágil, sencilla y rápida a las necesidades de la Administración,
este encargo se ejecutó con un 94,5 % de personal temporal.

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Los expedientes 1221161 y 1220231 de encargos de 22 de abril de 2021 y 27 de mayo de
2020, respectivamente, se motivaron por falta de personal y de medios materiales, pero en la
Plataforma de Contratación del Sector Público figuran publicados encargos con este mismo
objeto en los ejercicios 2019, 2020, 2022 y 2023. También TRAGSA carece de medios
propios para ejecutar este encargo, ya que el 94,88 % del personal empleado es temporal.

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En el expediente 0651272 de 7 de abril de 2021, el encargo se motiva por carencia de medios
para realizar las tareas, pero el 77 % del personal empleado por TRAGSA era temporal.

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En los expedientes 0460402, 0461772 y 0461782, a la vista del listado con el histórico de
estos encargos, aparecen 30 encargos de mantenimiento desde el año 2005 hasta 2022, por
un importe total de 39 millones de euros. Adicionalmente, figuran otros 38 encargos cuyo
objeto se define como "Actuaciones varias" o “Acondicionamiento” (dos de emergencia),
“podas y desbroces”, “trasplante de árboles”, etc., cuyas prestaciones pueden englobarse en
actuaciones de mantenimiento, por lo que el importe total de los encargos destinados a estas
actividades ascendería a 55 millones de euros, importando los dos encargos de emergencia
172.476,86 euros. A la vista de la concatenación de encargos de los últimos 17 años, resulta
evidente que se utiliza la figura del encargo para suplir una deficiencia estructural de personal,
no para cubrir necesidades puntuales de su actividad ordinaria.

El análisis de los expedientes proporcionados por TRAGSA de los 85 encargos de la muestra ha
permitido constatar que TRAGSA, en ningún caso, los ha rechazado por considerar que las
actuaciones pudieran encontrarse fuera de las actividades incluidas en su objeto social.
El incremento de poderes adjudicadores de los que TRAGSA se considera medio propio
personificado, así como la amplitud y diversidad de actuaciones que se le encargan, más allá de
su ámbito objetivo, lleva aparejada una necesidad de medios superior a la que se tuvo en
consideración cuando se constituyó como medio propio de la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2024-27230
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A la vista de la documentación obrante en los archivos de TRAGSA, se ha observado, además,
que, en algunas ocasiones, los encargos son objeto de sucesivas prórrogas que no responden a
una necesidad puntual sino que puede indicar una carencia estructural de personal de la entidad
que realiza el encargo. Esto sucede en los encargos relacionados en el ANEXO IX.