Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27230)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) como medio propio, ejercicios 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181447

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En otros expedientes, ante la ausencia de una regulación específica, los poderes
adjudicadores han utilizado indistintamente supuestos de urgencia y emergencia, sin una
declaración expresa de emergencia, o sin motivar la urgencia. En este supuesto se
encuentran los cinco expedientes detallados en el ANEXO VII, por importe de 21,5 millones
de euros, que fueron encargados por razones de premura o urgencia, sin que se hubiera
producido la resolución del contrato anterior o respondan a un procedimiento desierto, y sin
que las actuaciones que se encargaron a TRAGSA tuvieran encaje en su objeto social.

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En los expedientes 1949462 y 1989102 consta referencia a la existencia de premura para la
realización de estas actuaciones, sin que exista en el expediente de TRAGSA justificación de
la misma. Ambos encargos fueron realizados el 5 de noviembre de 2019 y el objeto consistió
en la ejecución de obras civiles de seguridad, actuación que no se encuentra incluida en el
objeto social de TRAGSA.

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En el expediente 0123433 el encargo se formalizó el 3 de enero de 2023 entre una entidad
local y TRAGSA, y trae causa de un convenio de colaboración suscrito el 29 de diciembre de
2022 entre la Diputación Provincial y ese Ayuntamiento, por el que aquella cede a este el
medio propio para la ejecución de este encargo. El objeto del encargo no está dentro del
objeto social de TRAGSA y aunque se declara la urgencia de las actuaciones, el
Ayuntamiento llevaba desde 2021 con la contratación paralizada. A este expediente se hará
referencia en la parte del Informe relativa a los convenios de colaboración.

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El expediente 0120111, encargado el 6 de marzo de 2020, se fundamenta en la mejora de
servicios y recursos públicos, pero se alude a la urgencia como motivo para la realización del
encargo. El objeto del mismo, consistente en la prestación de un servicio turístico por la
Ribera Sacra, no encaja entre las funciones de TRAGSA. Tampoco existe motivación en los
archivos de TRAGSA que justifique encargarle por urgencia este servicio, ya que para las
temporadas 2018 y 2019, ese servicio turístico se sacó a licitación. El 80 % del personal
empleado para la prestación de este servicio es temporal. El 31 de enero de 2022 la
Diputación le encarga de nuevo el servicio por 12 meses.

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En relación con el expediente 0560142, la correspondiente actuación fue encargada el 26 de
octubre de 2020 y se declara la tramitación de urgencia en virtud de unos informes que no se
adjuntan al expediente aportado por TRAGSA en la fiscalización. En todo caso, la urgencia
carece de motivación ya que el proyecto de construcción fue aprobado el 19 de junio, 4
meses antes del encargo.

En, al menos los ocho expedientes de los encargos, que se citan en el ANEXO VIII, por importe
total de 115,4 millones de euros, no se identifica a cuál de las actividades incluidas en su objeto
social responde a la actuación de TRAGSA, lo que impide pronunciarse de forma inequívoca
sobre si su objeto se encuentra dentro de las funciones de la Entidad, lo que se explica en los
párrafos siguientes:
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El expediente 5315102 “Refuerzo y revestimiento de los túneles de El Callejo y El Arroyo,
PP.KK. 621/198 al 621/318 y del PP.KK. 622/042 al 622/265” se engloba dentro de un
encargo que contiene tres actuaciones, de las que sólo una de ellas, la protección costera,
podría considerarse dentro de actuaciones relacionadas con el medio ambiente, no teniendo
el refuerzo de túneles como objeto la protección del medio ambiente ni encontrándose
incluido en ninguna otra actividad incluida dentro del objeto social de TRAGSA. En este

cve: BOE-A-2024-27230
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modificado. Además, aunque la obra no finalizó en el plazo previsto, en el expediente de
TRAGSA no hay constancia de que se hayan tramitado ampliaciones y/o prórrogas.