Consejo de Seguridad Nuclear. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. (BOE-A-2024-27182)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 181343

La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio y se aplicará únicamente a
quienes superen la fase de oposición.
Para la realización del periodo de prácticas las personas aspirantes que hayan
superado las fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios o
funcionarias en prácticas mediante resolución de la Presidencia del Consejo de
Seguridad Nuclear.
Se adoptarán medidas razonables y adecuadas para facilitar a las aspirantes
embarazadas o en maternidad, a fin de asegurar la igualdad de trato y de oportunidades
de las aspirantes.
3.

Programa

El programa que ha de regir los ejercicios primero y tercero de la fase de oposición
es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4.

Requisitos comunes

4.1 Nacionalidad: tener nacionalidad española, según lo establecido en el artículo 4
y anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
4.2 Edad: tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima
de jubilación forzosa.
4.3 Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor/a,
Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a al finalizar el plazo de presentación de
instancias, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a
aquellas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la
Unión Europea.
4.4 Capacidad: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las
tareas que se deriven del puesto de trabajo a desempeñar.
4.5 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo,
Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.
5.

Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar
en el modelo de solicitud 790, al que se podrá acceder a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
5.2 Las personas interesadas deberán presentar su solicitud por vía electrónica
haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso
General de la Dirección General de Gobernanza Publica siguiendo las instrucciones que
se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción online el
poseer un certificado electrónico o el DNI electrónico con los certificados activados (más
información para su obtención en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/personafisica y en de https://www.dnielectronico.es, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá lo siguiente:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

cve: BOE-A-2024-27182
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 312