Consejo de Seguridad Nuclear. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. (BOE-A-2024-27182)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024
1.
Sec. II.B. Pág. 181342
Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Superior del Cuerpo de
Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, Código A1300, para cubrir un total de doce
plazas por el sistema general de acceso libre, nueve plazas de las comprendidas en el
Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2024, y tres plazas de acceso libre no cubiertas en el proceso selectivo ya
convocado, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2023, según el Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio. Se reserva una plaza de las comprendidas en el Real
Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para
el año 2024, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con
un grado igual o superior al 33 por ciento.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el
que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad, las personas aspirantes que, como consecuencia de su
discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas
selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes
razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, a las personas que participen
por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota
superior al 50 por ciento de la calificación máxima real obtenida en el mismo proceso, se
les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Con este fin, el tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE del 13 de junio).
Las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, a efectos de que el tribunal pueda valorar la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.
Constará de tres fases: 1) oposición; 2) concurso y 3) periodo de prácticas, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I de la
convocatoria.
La convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su
publicación, y la fase de oposición en un año, salvo causa justificada, según se establece
en el artículo 108, apartado 2, del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio de tal forma que la relación de
personas aspirantes que superen esta fase no podrá ser superior al número de plazas
convocadas.
cve: BOE-A-2024-27182
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
1.
Sec. II.B. Pág. 181342
Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Superior del Cuerpo de
Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, Código A1300, para cubrir un total de doce
plazas por el sistema general de acceso libre, nueve plazas de las comprendidas en el
Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2024, y tres plazas de acceso libre no cubiertas en el proceso selectivo ya
convocado, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2023, según el Real
Decreto 625/2023, de 11 de julio. Se reserva una plaza de las comprendidas en el Real
Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para
el año 2024, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con
un grado igual o superior al 33 por ciento.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el
que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad, las personas aspirantes que, como consecuencia de su
discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas
selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes
razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, a las personas que participen
por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota
superior al 50 por ciento de la calificación máxima real obtenida en el mismo proceso, se
les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
Con este fin, el tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE del 13 de junio).
Las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, a efectos de que el tribunal pueda valorar la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.
Constará de tres fases: 1) oposición; 2) concurso y 3) periodo de prácticas, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I de la
convocatoria.
La convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su
publicación, y la fase de oposición en un año, salvo causa justificada, según se establece
en el artículo 108, apartado 2, del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio de tal forma que la relación de
personas aspirantes que superen esta fase no podrá ser superior al número de plazas
convocadas.
cve: BOE-A-2024-27182
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312