Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Autopistas de peaje. (BOE-A-2024-27247)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se autoriza la prórroga para la aplicación de bonificaciones temporales en determinados trayectos de la autopista de peaje R-2 Madrid-Guadalajara por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182356

Adicionalmente, la citada Resolución establecía que SEITT promovería acciones
tendentes a suscribir con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, un acuerdo
que contribuyera a compensar la pérdida de ingresos que supusiera dicha bonificación y
a financiar las obras precisas para su materialización en el enlace Guadalajara Norte,
con el fin de colaborar a mantener su equilibrio económico-financiero.
A estos efectos, el 27 de enero de 2023 se suscribió un convenio entre SEITT y la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2024, donde con base en las estimaciones en su momento realizadas, se establecían
unas anualidades para 2023 y 2024 con el objeto de financiar la pérdida de ingresos y
obras anteriormente mencionadas.
5. Por otra parte, con fecha 22 de diciembre de 2022, se suscribió el «Convenio de
Gestión Directa entre la Administración General del Estado y la “Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA” (en adelante Convenio de gestión),
por el que se regula la gestión de la explotación de autopistas de titularidad estatal»,
mediante el cual se encomendó a SEITTSA, por un nuevo periodo de diez años, la
gestión directa de la explotación de las mismas autopistas, incluida la Autopista de peaje
R-2 de Madrid a Guadalajara.
En el punto 4.3 de la cláusula cuarta del convenio de gestión se establece la
posibilidad de que la Comisión de Seguimiento y Control del convenio proponga al
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, bonificaciones de tarifas por motivos de
carácter medioambiental o de mejora del nivel de servicio.
6. Asimismo, el Consejo de Ministros, con fecha 3 de diciembre de 2024, ha
aprobado un nuevo acuerdo por el que se aprueban las tarifas aplicables a la carreteras
gestionadas por SEITTSA, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, que, por una
parte, dejará sin efectos el anterior Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 diciembre
de 2018, y por otra, mantiene las bonificaciones temporales vigentes a la fecha de su
entrada en vigor en las mismas condiciones que se establecieron en sus
correspondientes resoluciones.
Este nuevo acuerdo establece además que la Secretaría General de Transporte
Terrestre, a propuesta de la persona que ostente la Dirección General de SEITT y una vez
aprobada dicha propuesta por la Comisión de Seguimiento y Control del Convenio vigente
podrá autorizar bonificaciones temporales de tarifas por motivos de carácter
medioambiental o de mejora del nivel de servicio en otras carreteras de la Red de
Carreteras del Estado, en consonancia con lo establecido en el convenio de gestión
vigente.
7. La bonificación al 100 % del peaje de la R-2 en la relación Guadalajara NorteTaracena ha supuesto un fuerte crecimiento de usuarios de esta relación, aunque se
trata de una cifra modesta en relación con el volumen de demanda en el resto de la red
de carreteras en la zona, ya que en la situación con peaje suponía un tráfico muy
reducido en la autopista. Así, la captación de tráfico de la R-2 en la relación Guadalajara
Norte-Taracena fue de aproximadamente 300 vehículos/día más en 2023 que en 2022
(descontado el mes de enero), incentivándose con esta medida el uso de una vía con
mejores estándares de comodidad y seguridad.
Si bien es complejo extraer conclusiones precisas sobre los impactos que la medida
ha podido tener en cada una de las carreteras autonómicas en concreto, puesto que han
podido influir otros factores externos cuyos efectos no es posible delimitar, sí se ha
observado una redistribución del tráfico en el entorno. En cualquier caso, se puede
concluir que la bonificación del peaje ha sido efectiva en términos medioambientales y
del nivel de servicio ya que ha contribuido a producir los siguientes efectos positivos:
– Ahorros de tiempos de recorrido, tanto para los usuarios que han sido captados
por la R-2 por ser el camino más rápido a su destino como para el resto de los vehículos
que han permanecido en la red autonómica, por mejora de la vialidad.
– Previsible disminución de la accidentalidad global, al derivarse tráfico hacia una
carretera de mayor seguridad como la R-2.

cve: BOE-A-2024-27247
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Núm. 312