Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Autopistas de peaje. (BOE-A-2024-27247)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se autoriza la prórroga para la aplicación de bonificaciones temporales en determinados trayectos de la autopista de peaje R-2 Madrid-Guadalajara por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182355
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de
Transporte Terrestre, por la que se autoriza la prórroga para la aplicación de
bonificaciones temporales en determinados trayectos de la autopista de peaje
R-2 Madrid-Guadalajara por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA».
1. El 16 de agosto de 2017 se suscribió el «Convenio de gestión directa entre la
Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA, por el que se regula la gestión de la explotación y la
preparación de la licitación de autopistas de titularidad estatal, y por el que se aprueban
los esquemas de tarifas que se aplicarán en las mismas», que fue prorrogado, por
adenda de 22 de diciembre de 2018, hasta el 31 de diciembre de 2022.
En el marco del citado convenio se encomendó a la Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA» (en adelante SEITTSA) la gestión
directa de la explotación de una serie de autopistas, entre las que se encuentra la
autopista de peaje R-2 de Madrid a Guadalajara.
2. El artículo 22 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece
que «la utilización de la carretera por el usuario será gratuita o podrá conllevar el pago
de peajes o tasas, cuyas tarifas aprobará el Gobierno». Asimismo, el apartado 2 de la
disposición adicional séptima de la citada Ley 37/2015, modificada por el Real Decretoley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras,
autoriza expresamente a SEITTSA a que cobre a los usuarios las tarifas que fije el
Consejo de Ministros.
3. A la vista de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de
diciembre de 2018, a propuesta del entonces Ministro de Fomento, aprobó el acuerdo
por el que se aprobaron las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la Red de
Carreteras del Estado, en el que se recogen las tarifas máximas a aplicar en las
autopistas gestionadas por SEITTSA, incluyendo la autopista R-2 Madrid-Guadalajara.
Asimismo, en el citado acuerdo se autorizó a la persona titular de la Secretaría
General de Infraestructuras, que, a partir de las anteriores tarifas máximas y las
distancias de los recorridos, aprobase los peajes correspondientes. Con fecha 28 de
diciembre de 2018, el entonces Secretario General de Infraestructuras dictó la resolución
por la que se aprobaron los peajes aplicables, incluidos los relativos a la autopista R-2
Madrid-Guadalajara.
Adicionalmente, en el apartado 4 del punto primero del citado acuerdo, se recogía
expresamente que: «El Secretario General de Infraestructuras podrá autorizar
bonificaciones a propuesta de SEITTSA».
4. A la vista de lo anterior, por Resolución de 19 de diciembre de 2022, el entonces
Secretario General de Infraestructuras autorizó a SEITTSA a una bonificación del 100 %
del peaje en el trayecto entre el enlace que conecta A-2 y R-2 y el peaje Guadalajara
Norte de la autopista, para todas las categorías de vehículos desde el 30 de enero
de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Dichas bonificaciones se implementaron en ese momento como medida para aliviar
el tráfico de las vías de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
que dan acceso a estos polígonos industriales y especialmente en la CM-101 y en
la CM-10 (Ronda Norte de Guadalajara) ya que la captación de una parte del tráfico de
acceso a los polígonos a través de la R-2 podría mejorar los niveles de servicio de todas
las vías del entorno y contribuiría, por un lado, a la descongestión de la CM-101 y CM-10
y, por otro, a elevar, los niveles de seguridad viaria.
cve: BOE-A-2024-27247
Verificable en https://www.boe.es
27247
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182355
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de
Transporte Terrestre, por la que se autoriza la prórroga para la aplicación de
bonificaciones temporales en determinados trayectos de la autopista de peaje
R-2 Madrid-Guadalajara por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA».
1. El 16 de agosto de 2017 se suscribió el «Convenio de gestión directa entre la
Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre, S.M.E., SA, por el que se regula la gestión de la explotación y la
preparación de la licitación de autopistas de titularidad estatal, y por el que se aprueban
los esquemas de tarifas que se aplicarán en las mismas», que fue prorrogado, por
adenda de 22 de diciembre de 2018, hasta el 31 de diciembre de 2022.
En el marco del citado convenio se encomendó a la Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA» (en adelante SEITTSA) la gestión
directa de la explotación de una serie de autopistas, entre las que se encuentra la
autopista de peaje R-2 de Madrid a Guadalajara.
2. El artículo 22 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece
que «la utilización de la carretera por el usuario será gratuita o podrá conllevar el pago
de peajes o tasas, cuyas tarifas aprobará el Gobierno». Asimismo, el apartado 2 de la
disposición adicional séptima de la citada Ley 37/2015, modificada por el Real Decretoley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras,
autoriza expresamente a SEITTSA a que cobre a los usuarios las tarifas que fije el
Consejo de Ministros.
3. A la vista de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de
diciembre de 2018, a propuesta del entonces Ministro de Fomento, aprobó el acuerdo
por el que se aprobaron las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la Red de
Carreteras del Estado, en el que se recogen las tarifas máximas a aplicar en las
autopistas gestionadas por SEITTSA, incluyendo la autopista R-2 Madrid-Guadalajara.
Asimismo, en el citado acuerdo se autorizó a la persona titular de la Secretaría
General de Infraestructuras, que, a partir de las anteriores tarifas máximas y las
distancias de los recorridos, aprobase los peajes correspondientes. Con fecha 28 de
diciembre de 2018, el entonces Secretario General de Infraestructuras dictó la resolución
por la que se aprobaron los peajes aplicables, incluidos los relativos a la autopista R-2
Madrid-Guadalajara.
Adicionalmente, en el apartado 4 del punto primero del citado acuerdo, se recogía
expresamente que: «El Secretario General de Infraestructuras podrá autorizar
bonificaciones a propuesta de SEITTSA».
4. A la vista de lo anterior, por Resolución de 19 de diciembre de 2022, el entonces
Secretario General de Infraestructuras autorizó a SEITTSA a una bonificación del 100 %
del peaje en el trayecto entre el enlace que conecta A-2 y R-2 y el peaje Guadalajara
Norte de la autopista, para todas las categorías de vehículos desde el 30 de enero
de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Dichas bonificaciones se implementaron en ese momento como medida para aliviar
el tráfico de las vías de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
que dan acceso a estos polígonos industriales y especialmente en la CM-101 y en
la CM-10 (Ronda Norte de Guadalajara) ya que la captación de una parte del tráfico de
acceso a los polígonos a través de la R-2 podría mejorar los niveles de servicio de todas
las vías del entorno y contribuiría, por un lado, a la descongestión de la CM-101 y CM-10
y, por otro, a elevar, los niveles de seguridad viaria.
cve: BOE-A-2024-27247
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