Ministerio de Industria y Turismo. I. Disposiciones generales. Metrología. (BOE-A-2024-27147)
Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del estado de determinados instrumentos de medida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 180966
2.2.4 Se calcula el volumen o masa medido por el contador patrón, corregido
debido a la desviación del caudal y la temperatura del producto, siempre que el
equipo lo requiera.
Vp = K Vcp
siendo:
Vcp: Volumen indicado por el contador patrón.
K: Factor de corrección del contador patrón en función del caudal y el tipo de
producto.
2.2.5
anexo.
Se calcula el error relativo según lo indicado en apéndice I de este
El error máximo permitido en cada uno de los ensayos es ± 2,5 %.
2.2.6 Se repiten los pasos 2.2.1 a 2.2.5., calculando un total de dos errores
relativos: er1, er2.
2.2.7 La diferencia entre los resultados mayor y menor de mediciones
sucesivas no debe ser superior al 1 % de la cantidad medida, si no se cumple este
requisito se debe repetir el ensayo en su totalidad.
En caso de volver a superarse los errores de repetibilidad permitidos, se
considera que el sistema no ha superado el ensayo.
2.3 Ensayo al 70 % Qmax permitido por el sistema. El ensayo tiene por objeto
determinar el error del sistema de medida al 70 % del caudal máximo
proporcionado por el sistema y se efectúa en condiciones normales de uso.
En caso de volver a superarse los errores de repetibilidad permitidos, se
considera que el sistema no ha superado el ensayo.
3.
Errores máximos permitidos:
3.1 Para sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos criogénicos
con un punto de ebullición menor que -153 °C y para suministro de gas natural
licuado GNL.
cve: BOE-A-2024-27147
Verificable en https://www.boe.es
2.3.1 Se ajusta el caudal para que su valor sea lo más cercano posible
al 70 % Qmax permitido por el sistema.
2.3.2 Se pone a cero el dispositivo indicador del sistema (si el responsable
del ensayo lo considera conveniente, este ensayo puede realizarse a continuación
de un volumen cualquiera sin puesta a cero previa del dispositivo indicador) y el
contador patrón.
2.3.3 Se comienza a pasar líquido por el sistema de medida al caudal
predeterminado durante un tiempo igual o superior a un minuto o 500 kg.
2.3.4 Se calcula la masa o el volumen medido por el contador patrón,
corregido debido a la desviación del caudal y la temperatura del producto, siempre
que el equipo lo requiera.
2.3.5 Se calcula el error relativo según lo indicado en apéndice I de este
anexo.
2.3.6 Se repiten los pasos 2.3.1 a 2.3.5., calculando un total de dos errores
relativos: er1, er2.
2.3.7 La diferencia entre los resultados mayor y menor de mediciones
sucesivas no debe ser superior al 1 % de la cantidad medida, si no se cumple este
requisito se debe repetir el ensayo en su totalidad.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 180966
2.2.4 Se calcula el volumen o masa medido por el contador patrón, corregido
debido a la desviación del caudal y la temperatura del producto, siempre que el
equipo lo requiera.
Vp = K Vcp
siendo:
Vcp: Volumen indicado por el contador patrón.
K: Factor de corrección del contador patrón en función del caudal y el tipo de
producto.
2.2.5
anexo.
Se calcula el error relativo según lo indicado en apéndice I de este
El error máximo permitido en cada uno de los ensayos es ± 2,5 %.
2.2.6 Se repiten los pasos 2.2.1 a 2.2.5., calculando un total de dos errores
relativos: er1, er2.
2.2.7 La diferencia entre los resultados mayor y menor de mediciones
sucesivas no debe ser superior al 1 % de la cantidad medida, si no se cumple este
requisito se debe repetir el ensayo en su totalidad.
En caso de volver a superarse los errores de repetibilidad permitidos, se
considera que el sistema no ha superado el ensayo.
2.3 Ensayo al 70 % Qmax permitido por el sistema. El ensayo tiene por objeto
determinar el error del sistema de medida al 70 % del caudal máximo
proporcionado por el sistema y se efectúa en condiciones normales de uso.
En caso de volver a superarse los errores de repetibilidad permitidos, se
considera que el sistema no ha superado el ensayo.
3.
Errores máximos permitidos:
3.1 Para sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos criogénicos
con un punto de ebullición menor que -153 °C y para suministro de gas natural
licuado GNL.
cve: BOE-A-2024-27147
Verificable en https://www.boe.es
2.3.1 Se ajusta el caudal para que su valor sea lo más cercano posible
al 70 % Qmax permitido por el sistema.
2.3.2 Se pone a cero el dispositivo indicador del sistema (si el responsable
del ensayo lo considera conveniente, este ensayo puede realizarse a continuación
de un volumen cualquiera sin puesta a cero previa del dispositivo indicador) y el
contador patrón.
2.3.3 Se comienza a pasar líquido por el sistema de medida al caudal
predeterminado durante un tiempo igual o superior a un minuto o 500 kg.
2.3.4 Se calcula la masa o el volumen medido por el contador patrón,
corregido debido a la desviación del caudal y la temperatura del producto, siempre
que el equipo lo requiera.
2.3.5 Se calcula el error relativo según lo indicado en apéndice I de este
anexo.
2.3.6 Se repiten los pasos 2.3.1 a 2.3.5., calculando un total de dos errores
relativos: er1, er2.
2.3.7 La diferencia entre los resultados mayor y menor de mediciones
sucesivas no debe ser superior al 1 % de la cantidad medida, si no se cumple este
requisito se debe repetir el ensayo en su totalidad.