Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-27254)
Orden APA/1480/2024, de 20 de diciembre, por la que se definen el objeto, las producciones y los bienes asegurables, el ámbito de aplicación, las condiciones formales, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de organizaciones de productores y cooperativas, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024
Disposición final segunda.

Sec. III. Pág. 182451

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 20 de diciembre de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Luis Planas Puchades.
ANEXO I
Seguro agrario combinado suscrito por los miembros o socios de las O.P.
o cooperativas
A efectos de este seguro se establecen los siguientes grupos de cultivos:
Grupo de cultivo

Cultivos

Seguros que deben suscribir los miembros o socios

Caqui.

Caqui.

Seguro de explotaciones de caqui.

Cereza.

Cereza.

Seguro de explotaciones de cereza.

Cítricos.

Naranja, mandarina, limón, lima y pomelo.

Seguro de explotaciones de cítricos.

Cultivos herbáceos extensivos.

Cereales de invierno y de primavera,
leguminosas grano, oleaginosas y arroz.

Seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos.

Fresón y otros frutos rojos.

Fresa, fresón, arándano, frambuesa,
grosella y mora.

Seguro de explotaciones de fresón y otros Frutos rojos en la
Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Frutales.

Albaricoque, ciruela, manzana de mesa,
manzana de sidra, melocotón y pera.

Seguro de explotaciones frutícolas.

Frutos secos.

Avellano, almendro, algarrobo, pacano,
pistacho y nogal.

Seguro de explotaciones de frutos secos.

Hortalizas al aire libre
Primavera Verano.

Achicoria-raíz, alficoz, berenjena, calabacín,
calabaza, calçot, cebolla, cebolleta, chirivía,
chufa, judía verde, melón, melón amargo,
Seguro de explotaciones hortícolas al aire libre en la Península y en
nabo, okra, pepinillo, pepino, pimiento,
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
puerro, rábano, remolacha de mesa, sandía,
tomate y zanahoria.

Hortalizas bajo cubierta: Ciclo
de primeros trasplantes
(trasplantes hasta 31 de
diciembre).

Seguro de explotaciones hortícolas bajo cubierta en Península y en
Todas las hortalizas cultivadas bajo cubierta. la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: declaraciones de
seguro del Ciclo 1.

Níspero y otros frutales.

Azufaifo, castaño, endrino, granado,
higuera, kiwi, membrillo y níspero.

Seguro de explotaciones de níspero y otros frutales.

Olivar.

Aceituna.

Seguro de explotaciones olivareras.

Plátano.

Plátano.

Seguro de explotaciones de plátanos.

Tabaco.

Tabaco.

Seguro de explotaciones de Cultivos industriales no textiles.

Tropicales y subtropicales.

Aguacate, chirimoyo, chumbera, litchi,
mango, papaya, palmera datilera y piña.

Seguro de explotaciones de producciones tropicales y subtropicales

cve: BOE-A-2024-27254
Verificable en https://www.boe.es

Hortalizas bajo cubierta:
Seguro de explotaciones hortícolas bajo cubierta en Península y en
Ciclo de segundos trasplantes:
Todas las hortalizas cultivadas bajo cubierta. la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: declaraciones de
(trasplantes posteriores 31 de
seguro del Ciclo 2.
diciembre).