Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-27254)
Orden APA/1480/2024, de 20 de diciembre, por la que se definen el objeto, las producciones y los bienes asegurables, el ámbito de aplicación, las condiciones formales, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de organizaciones de productores y cooperativas, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Grupo de cultivo
Uva de mesa.
Uva de vinificación.
Cultivos
Sec. III. Pág. 182452
Seguros que deben suscribir los miembros o socios
Uva de mesa.
Seguro de uva de mesa
Uva de vinificación.
Seguro base con garantías adicionales de uva de vinificación en la
Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Seguro de uva de vinificación en la Comunidad Autónoma de
Canarias.
ANEXO II
Período de suscripción
Grupo de cultivo
Inicio de suscripción
Final de suscripción
Producciones Tropicales y subtropicales.
1 de febrero.
30 de junio.
Uva de mesa.
15 de febrero.
15 de abril.
Caqui.
15 de enero.
10 de febrero.
Cereza.
1 de enero.
15 de febrero.
15 de noviembre para el níspero.
31 de enero (1) en las Comarcas de Don Benito y Llerena (Badajoz),
Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta y Penibética (Córdoba), La
Campiña y Estepa (Sevilla), para el cultivo del membrillo.
Níspero y otros frutales (2).
1 de septiembre.
20 de mayo (1) en las provincias de Girona, Huesca, Lleida, La Rioja,
Navarra, Tarragona, Teruel y Zaragoza, para el cultivo del membrillo.
30 de abril (1) en el resto del ámbito territorial de aplicación, para el cultivo
del membrillo.
15 de abril (1) para el resto de otros frutales.
Cítricos.
1 de marzo.
15 de septiembre.
Cultivos herbáceos extensivos.
1 de septiembre.
20 de diciembre.
Fresón y Otros Frutos Rojos.
1 de junio.
15 de noviembre.
20 de enero (1) en las CC AA de Andalucía, Región de Murcia, Comunitat
Valenciana y comarca de Hellín (Albacete), para todos los cultivos.
Frutales.
1 de diciembre.
31 de enero (1) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para todos los
cultivos.
10 de marzo (1) en la Comarca de El Bierzo (León), para todos los cultivos.
Frutos secos.
1 de septiembre.
30 de noviembre.
Hortalizas bajo cubierta: Ciclo de primeros
trasplantes (trasplantes hasta 31 de
diciembre).
1 de junio.
31 de julio.
Hortalizas bajo cubierta: Ciclo de segundos
trasplantes (trasplantes posteriores al 31 de
diciembre).
1 de diciembre.
31 de enero (1).
Hortalizas al aire libre Primavera Verano.
15 de enero.
31 de mayo.
(1) Correspondiente al año siguiente al inicio de suscripción de la línea.
(2) Se establecerá como final de suscripción el más temprano del grupo de frutales que corresponda, cuando una O.P o Cooperativa, agrupe distintos frutales
de los contemplados en este grupo de cultivo.
cve: BOE-A-2024-27254
Verificable en https://www.boe.es
28 de febrero (1) en el resto del ámbito territorial de aplicación, para todos los
cultivos.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Grupo de cultivo
Uva de mesa.
Uva de vinificación.
Cultivos
Sec. III. Pág. 182452
Seguros que deben suscribir los miembros o socios
Uva de mesa.
Seguro de uva de mesa
Uva de vinificación.
Seguro base con garantías adicionales de uva de vinificación en la
Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Seguro de uva de vinificación en la Comunidad Autónoma de
Canarias.
ANEXO II
Período de suscripción
Grupo de cultivo
Inicio de suscripción
Final de suscripción
Producciones Tropicales y subtropicales.
1 de febrero.
30 de junio.
Uva de mesa.
15 de febrero.
15 de abril.
Caqui.
15 de enero.
10 de febrero.
Cereza.
1 de enero.
15 de febrero.
15 de noviembre para el níspero.
31 de enero (1) en las Comarcas de Don Benito y Llerena (Badajoz),
Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta y Penibética (Córdoba), La
Campiña y Estepa (Sevilla), para el cultivo del membrillo.
Níspero y otros frutales (2).
1 de septiembre.
20 de mayo (1) en las provincias de Girona, Huesca, Lleida, La Rioja,
Navarra, Tarragona, Teruel y Zaragoza, para el cultivo del membrillo.
30 de abril (1) en el resto del ámbito territorial de aplicación, para el cultivo
del membrillo.
15 de abril (1) para el resto de otros frutales.
Cítricos.
1 de marzo.
15 de septiembre.
Cultivos herbáceos extensivos.
1 de septiembre.
20 de diciembre.
Fresón y Otros Frutos Rojos.
1 de junio.
15 de noviembre.
20 de enero (1) en las CC AA de Andalucía, Región de Murcia, Comunitat
Valenciana y comarca de Hellín (Albacete), para todos los cultivos.
Frutales.
1 de diciembre.
31 de enero (1) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para todos los
cultivos.
10 de marzo (1) en la Comarca de El Bierzo (León), para todos los cultivos.
Frutos secos.
1 de septiembre.
30 de noviembre.
Hortalizas bajo cubierta: Ciclo de primeros
trasplantes (trasplantes hasta 31 de
diciembre).
1 de junio.
31 de julio.
Hortalizas bajo cubierta: Ciclo de segundos
trasplantes (trasplantes posteriores al 31 de
diciembre).
1 de diciembre.
31 de enero (1).
Hortalizas al aire libre Primavera Verano.
15 de enero.
31 de mayo.
(1) Correspondiente al año siguiente al inicio de suscripción de la línea.
(2) Se establecerá como final de suscripción el más temprano del grupo de frutales que corresponda, cuando una O.P o Cooperativa, agrupe distintos frutales
de los contemplados en este grupo de cultivo.
cve: BOE-A-2024-27254
Verificable en https://www.boe.es
28 de febrero (1) en el resto del ámbito territorial de aplicación, para todos los
cultivos.