Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27130)
Orden TED/1469/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Meirama 220 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Jueves 26 de diciembre de 2024
Base 18.

Sec. III. Pág. 180637

Resolución del concurso.

1. La persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico resolverá el concurso, pudiendo adjudicar total o parcialmente la capacidad
concursada o declarar desierto el concurso.
2. La resolución del concurso contendrá un listado ordenado con el siguiente
contenido relativo a cada adjudicatario:
a) Identificación de cada uno de los solicitantes que hubieran resultado
adjudicatarios del concurso.
b) La puntuación total obtenida en el concurso, con indicación de la puntuación
obtenida en cada uno de los criterios y subcriterios de valoración.
c) La capacidad de acceso adjudicada en el concurso.
d) La potencia instalada.
e) Los compromisos de actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental
vinculados a la asignación de capacidad, que se relacionan a continuación:
1.º Número total de empleos equivalentes a tiempo completo (ETC)
correspondientes a la operación y mantenimiento de las instalaciones de generación de
electricidad, así como número total de empleos ETC en las actuaciones de impacto
socioeconómico y ambiental.
2.º Número de empleos comprometidos para trabajadores excedentes de la central
térmica, expresados como ETC, inscritos en la bolsa de empleo del Instituto para la
Transición Justa, O.A.
3.º Porcentaje de empleo comprometido para mujeres.
4.º Número total de horas de formación que recibirán todos los asistentes,
residentes de los municipios del anexo I.
5.º Número total de residentes de los municipios del anexo I que el solicitante se
compromete a formar.
6.º Potencia nominal total instalada dedicada al autoconsumo.
7.º Número total de consumidores que se beneficiarán de las instalaciones de
autoconsumo.
8.º Importe que el solicitante se compromete a invertir en la cadena de valor de la
provincia de A Coruña, para el desarrollo de las instalaciones de generación de
electricidad.
9.º Importe que el solicitante se compromete a reservar, ofrecer y hacer efectivo
para la financiación participativa en el desarrollo de las instalaciones de generación de
electricidad.
10.º Importe de la inversión en elementos de economía circular.
11.º Importe de la inversión en actividades de conservación, restauración y
promoción de la biodiversidad y/o ecosistemas.
12.º Importe de la inversión en proyectos de importancia estratégica para la
transición hacia una economía climáticamente neutra.
El resto de obligaciones inherentes a la condición de adjudicatario.

3. Asimismo, la resolución del concurso incluirá el listado ordenado de solicitantes
que no resulten adjudicatarios, con indicación de la puntuación obtenida por cada uno de
ellos en cada uno de los criterios y subcriterios de valoración.
4. La resolución del concurso se notificará a los solicitantes, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» y la sede electrónica del Instituto para la Transición Justa
O.A. Asimismo, se comunicará al gestor de la red de transporte. La resolución del
procedimiento pone fin a la vía administrativa.
5. Contra la resolución de adjudicación del concurso podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde
el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con el
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Alternativamente, podrá interponerse

cve: BOE-A-2024-27130
Verificable en https://www.boe.es

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