Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-27040)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 180002

dicho vínculo. La acreditación se realizará por medio de certificados expedidos por las
autoridades competentes de su país de origen, traducidos a alguna de las lenguas
oficiales de la USC.
b) Copia digitalizada en formato PDF del título universitario oficial de Doctor o, en el
caso de títulos expedidos por universidades extranjeras, de la declaración de
equivalencia al nivel académico de doctor, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18 de
octubre. Para la admisión al proceso selectivo se admitirá el justificante de haber
solicitado la declaración de equivalencia, sin perjuicio de la necesidad de haberla
concedida antes del nombramiento.
c) Copia digitalizada en formato PDF de la acreditación al cuerpo docente de
Profesoras y Profesores Titulares de Universidad o para otra categoría superior.
Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos para alguna de
las lenguas oficiales de la USC.
Las personas candidatas que pertenezcan a la Universidad de Santiago de
Compostela solo deberán presentar los documentos a que se refiere este apartado que
no consten en su expediente personal.
No presentar los documentos especificados en los puntos citados será causa de
exclusión, que deberá enmendarse en el plazo establecido en la base 5.2 de esta
convocatoria.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará en el tablón electrónico de la
USC (https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm) una resolución que apruebe la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el rector para enmendar
los defectos que motivaron la exclusión u omisión de dicho listado. Si no lo hacen, serán
excluidos definitivamente del proceso selectivo sin derecho a la devolución de las tasas
abonadas.
5.3 Con el fin de enmendar los defectos que motivaron la exclusión u omisión del
listado, la persona aspirante deberá realizar este trámite de enmienda a través de la
aplicación de concursos, formulando las alegaciones pertinentes e incorporando, en su
caso, y en el apartado que corresponda, la documentación requerida.
5.4 Finalizado el plazo para enmendar los defectos que motivaron la exclusión u
omisión de las personas aspirantes, el Vicerrectorado de Profesorado aprobará y
publicará, en el plazo máximo de diez días hábiles, la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en el lugar
indicado en la base 5.1.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con los artículos 46 y 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, las personas
interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
ante el órgano que la dictó.
5.5 La inclusión en el listado definitivo de admitidos/as no prejuzga el cumplimiento
de los requisitos normativamente exigidos para ser nombrado funcionario/a de carrera.
La posesión de los requisitos exigidos tendrá que acreditarse en su momento.

cve: BOE-A-2024-27040
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Núm. 310