Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27078)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Planta de almacenamiento de energía Glauco Almacena, de 50,9 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180235
Antes iniciar las obras, se hará una prospección de la eventual presencia de fauna
vulnerable en las superficies afectadas. En caso de detectarse individuos en nidificación
o cría, se evitará realizar actuaciones en un perímetro de seguridad y periodo suficientes
para permitir que finalicen esta fase vital sin ser molestadas.
El cerramiento perimetral del proyecto cumplirá con los requerimientos de los
«Criterios ambientales en la implantación de plantas solares fotovoltaicas». Entre ellos,
utilizar malla de tipo cinegético con luz superior a 15x15 cm en la parte inferior, habilitar
pasos de mayor anchura en la base de los cierres, que la base carezca de cables
tensores adicionales y de cimentación o soterramiento. La altura no superará los 2 m. El
cerramiento carecerá de elementos punzantes o cortantes, tales como la concertina o el
alambre de púas, así como de cierres opacos. En la parte media y superior de la valla se
utilizará una luz de malla más pequeña o dispositivos específicos para aumentar su
visibilidad y reducir el riesgo de colisión para las aves.
Fuera de los perímetros de la planta de almacenamiento en baterías y de la SET
Gironès, se instalarán y mantendrán 3 cajas nido para mochuelo europeo y refugios para
artrópodos y herpetofauna que forman parte de su dieta.
En la parte meridional del cierre perimetral de la zona de almacenamiento se
realizarán plantaciones de franjas arbustivas con especies de la flora local (p. ej.
Crataegus monogyna y Prunus spinosa) para mejorar el hábitat de mochuelo europeo y
la integración paisajística de la instalación.
El plan de educación y concienciación ambiental propuesto por el promotor incidirá en
compatibilizar las prácticas agrarias con la conservación del mochuelo europeo (p. ej.
mantenimiento de márgenes entre cultivos, limitación del uso de raticidas y pesticidas, etc.).
El Plan de vigilancia ambiental incluirá el seguimiento durante la vida útil de la planta de
las medidas compensatorias propuestas por el promotor o indicadas en esta resolución.
El diseño y trazado de las infraestructuras de evacuación se coordinará con el de otras
infraestructuras de evacuación que pueden implantarse en el ámbito del proyecto. Se
priorizará, siempre que sea posible, compartir infraestructuras de evacuación o su trazado.
2. Por indicación del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda
Rural de la Generalitat de Cataluña, para la restauración de la vegetación se empleará
material de base de reproducción de la región de procedencia de la zona, de acuerdo
con el Real Decreto 289/2003 sobre comercialización de materiales forestales de
reproducción. Asimismo, se deberá evitar la expansión de flora invasora, controlando las
semillas incluidas en las tierras aportadas de acuerdo con el Real Decreto 630/2013 por
el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
3. Tras la construcción de las líneas de evacuación soterradas, se restaurarán los
mismos hábitats naturales afectados. Cuando ello no resulte factible, se compensará la
superficie perdida lo más cerca posible y con un ratio de compensación de 2.
4. Las zanjas para canalizaciones y cableados dispondrán rampas de tierra cada 50
m para permitir la salida de animales que caigan accidentalmente, debiendo ser
inspeccionadas diariamente para detectar posibles individuos atrapados, y mantenerlos
operativos mientras haya zanjas abiertas. Si se trata de especies amenazadas, se
seguirán las instrucciones de la administración con competencias en medio ambiente de
Cataluña.
5. A requerimiento de la Agencia Catalana del Agua, el promotor realizará y la remitirá
una propuesta de delimitación del dominio público hidráulico y de las zonas inundables en
las partes próximas al proyecto del espacio fluvial de la Farga y del rec de la Torre.
6. A requerimiento del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica
de la Generalitat de Cataluña, el proyecto debe incluir medidas de integración
paisajística para la SET Gironès.
7. El proyecto ha de incorporar medidas específicamente dirigidas a reducir la
vulnerabilidad frente a los riesgos de lluvias torrenciales y tormentas eléctricas señalada
en el documento ambiental, y a prevenir el riesgo de contaminación por rotura de
elementos contenedores de sustancias potencialmente contaminantes. Todos los
elementos del proyecto que contengan sustancias susceptibles de contaminar el suelo o
cve: BOE-A-2024-27078
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180235
Antes iniciar las obras, se hará una prospección de la eventual presencia de fauna
vulnerable en las superficies afectadas. En caso de detectarse individuos en nidificación
o cría, se evitará realizar actuaciones en un perímetro de seguridad y periodo suficientes
para permitir que finalicen esta fase vital sin ser molestadas.
El cerramiento perimetral del proyecto cumplirá con los requerimientos de los
«Criterios ambientales en la implantación de plantas solares fotovoltaicas». Entre ellos,
utilizar malla de tipo cinegético con luz superior a 15x15 cm en la parte inferior, habilitar
pasos de mayor anchura en la base de los cierres, que la base carezca de cables
tensores adicionales y de cimentación o soterramiento. La altura no superará los 2 m. El
cerramiento carecerá de elementos punzantes o cortantes, tales como la concertina o el
alambre de púas, así como de cierres opacos. En la parte media y superior de la valla se
utilizará una luz de malla más pequeña o dispositivos específicos para aumentar su
visibilidad y reducir el riesgo de colisión para las aves.
Fuera de los perímetros de la planta de almacenamiento en baterías y de la SET
Gironès, se instalarán y mantendrán 3 cajas nido para mochuelo europeo y refugios para
artrópodos y herpetofauna que forman parte de su dieta.
En la parte meridional del cierre perimetral de la zona de almacenamiento se
realizarán plantaciones de franjas arbustivas con especies de la flora local (p. ej.
Crataegus monogyna y Prunus spinosa) para mejorar el hábitat de mochuelo europeo y
la integración paisajística de la instalación.
El plan de educación y concienciación ambiental propuesto por el promotor incidirá en
compatibilizar las prácticas agrarias con la conservación del mochuelo europeo (p. ej.
mantenimiento de márgenes entre cultivos, limitación del uso de raticidas y pesticidas, etc.).
El Plan de vigilancia ambiental incluirá el seguimiento durante la vida útil de la planta de
las medidas compensatorias propuestas por el promotor o indicadas en esta resolución.
El diseño y trazado de las infraestructuras de evacuación se coordinará con el de otras
infraestructuras de evacuación que pueden implantarse en el ámbito del proyecto. Se
priorizará, siempre que sea posible, compartir infraestructuras de evacuación o su trazado.
2. Por indicación del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda
Rural de la Generalitat de Cataluña, para la restauración de la vegetación se empleará
material de base de reproducción de la región de procedencia de la zona, de acuerdo
con el Real Decreto 289/2003 sobre comercialización de materiales forestales de
reproducción. Asimismo, se deberá evitar la expansión de flora invasora, controlando las
semillas incluidas en las tierras aportadas de acuerdo con el Real Decreto 630/2013 por
el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
3. Tras la construcción de las líneas de evacuación soterradas, se restaurarán los
mismos hábitats naturales afectados. Cuando ello no resulte factible, se compensará la
superficie perdida lo más cerca posible y con un ratio de compensación de 2.
4. Las zanjas para canalizaciones y cableados dispondrán rampas de tierra cada 50
m para permitir la salida de animales que caigan accidentalmente, debiendo ser
inspeccionadas diariamente para detectar posibles individuos atrapados, y mantenerlos
operativos mientras haya zanjas abiertas. Si se trata de especies amenazadas, se
seguirán las instrucciones de la administración con competencias en medio ambiente de
Cataluña.
5. A requerimiento de la Agencia Catalana del Agua, el promotor realizará y la remitirá
una propuesta de delimitación del dominio público hidráulico y de las zonas inundables en
las partes próximas al proyecto del espacio fluvial de la Farga y del rec de la Torre.
6. A requerimiento del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica
de la Generalitat de Cataluña, el proyecto debe incluir medidas de integración
paisajística para la SET Gironès.
7. El proyecto ha de incorporar medidas específicamente dirigidas a reducir la
vulnerabilidad frente a los riesgos de lluvias torrenciales y tormentas eléctricas señalada
en el documento ambiental, y a prevenir el riesgo de contaminación por rotura de
elementos contenedores de sustancias potencialmente contaminantes. Todos los
elementos del proyecto que contengan sustancias susceptibles de contaminar el suelo o
cve: BOE-A-2024-27078
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 310