Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27074)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Envitero Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180198

Las instalaciones proyectadas se ubican dentro de los cotos municipales El Pinar
(TE-10200) en el municipio de Teruel y La Pica (Z-10087) del término municipal de
Escatrón, dedicados a la caza mayor.
El emplazamiento seleccionado tiene una visibilidad media, ya que, en el supuesto
de llegar a realizarse la instalación de los parques eólicos del clúster «Titán», serán
visibles desde el 38 % de su cuenca visual. Los seis núcleos urbanos afectados por el
clúster, Escatrón, Chiprana y Caspe en la provincia de Zaragoza y Alcañiz, Samper de
Calanda y Castelnou en la provincia de Teruel, se sitúan en zona de poca o nula
visibilidad con respecto a las instalaciones proyectadas, por lo que no tendrán visual con
las instalaciones, minimizando el impacto visual que generaría la implantación del
proyecto sobre la población residente.
En lo que respecta a las infraestructuras viarias, las instalaciones proyectadas para
el clúster Titan serán visibles de manera discontinua y con un grado de exposición visual
muy bajo en un tramo de 2,62 km de la carretera A-224 y en un tramo de casi 3 km de la
línea de ferrocarril.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

El P.E. Envitero forma parte del clúster «Titán», un conjunto de 16 parques híbridos,
compuesto por 16 plantas fotovoltaicas existentes y en explotación con una potencia total
de 608,48 MW y los nuevos módulos de tecnología eólica. En total, contando con el P.E.
Envitero, se sumarían 53 nuevos aerogeneradores de 6,10 MW cada uno, con un total de 323,30
MW, dando como resultado un complejo de energías renovables de 931,78 MW.
En la actualidad, se encuentran en funcionamiento en un radio de 10 km, los Parques
Eólicos Carmenta, Axilo y Candelaria que forman parte de un clúster junto a otros
parques eólicos de 85 aerogeneradores y una potencia total de 510 MW. También se
localizan los P.E. La Torica y P.E. El Castillo.
Consta la tramitación sustantiva en curso de otro proyecto de energías renovables,
P.E. La Plana que coincide con la ubicación de los aerogeneradores de este proyecto.
El estudio de impacto ambiental presentado en el presente procedimiento, el cual ha
sido redactado de forma común a los 16 proyectos sometidos a tramitación, recoge la
futura tramitación por el promotor de una tercera fase, compuesta por 12
aerogeneradores más.
En las proximidades del proyecto, existen una amplia red de líneas eléctricas de alta
tensión propiedad de REE, ENDESA, IGNIS y otras empresas que comunican centros de
generación de energía.
La inclusión del clúster «Titan» supone un aumento del 0,02 % en el impacto visual
ocasionado por la infraestructura eléctrica presente y proyectada, pasándose de
un 87,31 % de superficie impactada a un 87,33 %. Esto provoca un incremento del
impacto visual sinérgico muy bajo. Respecto al paisaje, la valoración del impacto
sinérgico y acumulativo sobre el mismo se realiza teniendo en cuenta que las nuevas
infraestructuras proyectadas supondrán en fase de explotación un extenso elemento
visual artificial que, sumadas al resto de infraestructuras existentes y proyectadas,
incrementan la antropización del medio. Estos datos facilitados en el estudio de impacto
ambiental no tienen en cuenta los proyectos de energías renovables en tramitación ni los
ya aprobados.
Para la vegetación, el estudio de sinergias no considera proyectos en tramitación, ni
proyectos autorizados.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto está
relacionado con la pérdida y fragmentación de hábitat, al que se añade el impacto de los
aerogeneradores que supone un riesgo de colisión para la avifauna. A su vez, destaca el efecto
barrera ocasionado por todos los proyectos de energías renovables y líneas eléctricas en
tramitación actual o futura, que se uniría a las infraestructuras ya existentes.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que se
sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo
previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la

cve: BOE-A-2024-27074
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