Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27066)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Convenio con el Cabildo de Fuerteventura y la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Fuerteventura, para la gestión conjunta del puesto de control en frontera del puerto de Puerto del Rosario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Miércoles 25 de diciembre de 2024
6.

Sec. III. Pág. 180179

Mantenimiento de las instalaciones.

Según el plan de mantenimiento aprobado, los trabajos de conservación y
reparaciones tanto ordinarias como extraordinarias serán por cuenta de la APLP siendo
responsable de la conservación de todos los elementos que constituyen las
instalaciones, tales como puertas, ventanas, pinturas de edificios tanto interior como
exterior, etc.
Además, la APLP estará obligada al mantenimiento de la instalación de climatización
del edificio de oficinas y frío de las cámaras, con una empresa autorizada o con su
propio personal, siguiendo las indicaciones de la empresa instaladora. Además realizará
todas las reparaciones y sustituciones en las instalaciones de frío/climatización
necesarias para que siempre se encuentren en perfecto estado de funcionamiento.
La Cámara velará por el buen uso de todas las instalaciones, y notificará a la APLP
cualquier incidencia con el fin de que pueda ser solucionada a la mayor brevedad.
Cuarta.

Obligaciones de la Cámara de Comercio de Fuerteventura.

La Cámara contribuirá en la gestión de las instalaciones, realizando las siguientes
actividades administrativas:
1.

Gestionar las solicitudes de utilización de las instalaciones:

Las solicitudes serán atendidas y gestionadas en los medios habilitados (teléfono,
correo electrónico y web) por parte de la Cámara de Fuerteventura, en horario de 8:00
a 14:30 horas. El teléfono figurará en sitio visible de las instalaciones del PIF y RAH.
También se informará sobre los canales de comunicación del Servicio de Sugerencias y
Reclamaciones (SyR) de la APLP.
2.

Apertura/cierre de las instalaciones y control de accesos:

Las instalaciones deberán abrirse el tiempo necesario para realizar todos los
servicios de inspección concertados. Cuando no haya prevista ninguna inspección, los
servicios de atención y consulta se centralizan en las instalaciones propias de la Cámara
de Fuerteventura.
Si a requerimiento de algún Organismo Oficial y para prestar un servicio de inspección,
fuese necesaria la presencia del personal en horas distintas a las concertadas, se tendrá
obligación de atender dicha petición, aplicando la correspondiente tarifa.
Si cuando comience la actividad de inspección en las instalaciones, y en función del
volumen de operaciones, se detectara la necesidad de ampliar y establecer un horario de
apertura continuo, se mantendría el personal de la Cámara de manera permanente en
las instalaciones durante dicho horario. Si esta situación requiriera una mayor presencia
del personal, éste deberá adaptarse a dicha modificación.
La Cámara de Fuerteventura será responsable del debido control de entradas y
salidas de personas y mercancías relacionadas con la actividad autorizada.
Facturación y recaudación de las tarifas.

La utilización de las instalaciones y la prestación de los servicios de inspección de
mercancías devengan las correspondientes tarifas, aprobadas por la APLP.
La Cámara de Fuerteventura realizará las tareas de facturación y recaudación del
importe de las tarifas e ingresará los importes totales en una cuenta bancaria
independiente y de su titularidad a utilizar exclusivamente para estos fines.
Para ello, la Cámara aplicará las tarifas aprobadas por el Consejo de Administración
de la APLP. Dichas tarifas podrán ser actualizadas cuando así lo establezca la APLP.
Además, el adjudicatario deberá exponerlas en un lugar visible para el usuario de las
instalaciones a efectos de información.
Estas facturas serán expedidas obligatoriamente por la Cámara en su propio nombre
y deberá conservar los duplicados de la facturación efectuada. Asimismo, con el fin de

cve: BOE-A-2024-27066
Verificable en https://www.boe.es

3.