Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27002)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se publica el Convenio con la Escuela Universitaria de Artes TAI, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Martes 24 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 179828

4. Podrá proponer que las personas que ejerzan la tutoría por parte del ICAA
obtengan el reconocimiento honorífico que pueda corresponderles de acuerdo con las
condiciones establecidas por la normativa correspondiente de la Universidad al respecto.
Quinta.

Desarrollo de las prácticas.

1. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las
características de las mismas y las disponibilidades del ICAA. Los horarios, serán
compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación
desarrollada por el alumnado en TAI.
2. Durante el periodo de prácticas el alumnado tendrá los derechos y obligaciones
recogidos en el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y estará igualmente
sometido a las estipulaciones del presente convenio, y al régimen de funcionamiento del
ICAA, especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de actividades de
formación, y a las normas de confidencialidad de datos, procesos, y actividades de los
que tengan conocimiento, al igual que a las normas de prevención de riesgos laborales.
3. Así mismo, deberá mantener contacto con las personas que ejerzan la tutoría en
la forma que se les indique y seguir las instrucciones que reciba de su responsable.
Deberá aplicarse con diligencia a las tareas que se le encomiende, de las cuales
guardará secreto profesional durante su estancia y una vez finalizada ésta. En caso de
ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo al Centro responsable de la
Universidad. Su régimen de permisos será consensuado por las personas que ejerzan la
tutoría por ambas partes.
4. TAI y el ICAA se reservan la facultad de revocar, para una determinada persona
o grupo del alumnado su participación en las prácticas por el incumplimiento de las
obligaciones que le corresponden asumir de acuerdo con lo estipulado en el convenio.
En este caso, la Universidad podrá gestionar la incorporación de otra persona que
iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.
5. Si alguna de las partes firmantes del convenio o el alumnado desearan utilizar
los resultados parciales o finales de su actividad, en parte o en su totalidad, para su
publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc., deberá solicitar la
conformidad del resto por escrito, quien deberá responder en un plazo máximo de 45
días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho
plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su
difusión. En todo caso, tanto en las publicaciones como en las patentes, se respetará
siempre la mención a la autoría del trabajo.
Con ocasión de la realización de las prácticas previstas en este convenio, serán de
aplicación las disposiciones vigentes sobre la propiedad intelectual e industrial que
pueda generarse por parte del alumnado de la Universidad.
Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.

Todo el alumnado de TAI matriculado en alguna de sus enseñanzas oficiales o
propias, está cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
el seguro escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la Universidad y al corriente de la cuota
correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años, corresponderá al Órgano
Responsable de la Titulación asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el
correspondiente seguro de accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.

cve: BOE-A-2024-27002
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.