Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27000)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Tania de 49,52 MWp/41,25 MWn; Ursa de 49,52 MWp/41,25 MWn; Tarpeya de 20,87 MWp/17,37 MWn; Tarquecio de 38,52 MWp/32,08 MWn, y Yukiko de 49,52 MWp/41,25 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Castellón y Valencia».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179809
de 5 km entorno a la LAAT proyectada y no de 4 km, debido a que se conoce la
existencia en la zona de especies incluidas en el CEEA. Por otro lado, no encuentra en
la nueva documentación aportada por el promotor, un estudio de avifauna completo para
el nuevo trazado, que abarque un ciclo anual y que comprenda la información mínima
contemplada en la guía mencionada, por lo que considera que no se pueden extraer
conclusiones a la hora de evaluar impactos y establecer las medidas preventivas,
correctoras o compensatorias necesarias.
Dicha Dirección General informa de un listado de especies presentes en el ámbito
territorial del proyecto, las cuales están incluidas en el LESRPE: Bisbita campestre
(Anthus campestris), águila culebrera, halcón peregrino, cogujada montesina, águila
calzada, alondra totovía (Lullula arbórea), curruca rabilarga, nutria, bermejuela, cangrejo
de río y gran capicornio (Cerambyx cerdo). También, en el tramo inicial de la LAAT se
encuentran varios nidos de aguilucho cenizo, el más cercano a menos de 1,50 km.
Además, se observa un área de nidificación de águila perdicera a menos de 1,50 km de
la LAAT, y se conocen varios territorios de cría de águila perdicera, existiendo varias
parejas de dicha especie marcadas con emisores GPS-GSM con áreas de campeo
coincidentes con el trazado de la LAAT, por lo que es previsible una situación de riesgo
para ellas.
Informa, asimismo, de que toda la LAAT se encuentra localizada en un área
prioritaria incluida en el anexo I de la Resolución de 15 de octubre de 2010, del conseller
de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y vicepresidente tercero del Consell,
por la que se establecen las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y
electrocución, y se ordenan medidas para la reducción de la mortalidad de aves en
líneas eléctricas de alta tensión.
Por todo ello, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat
Valenciana se reitera en la emisión de un informe desfavorable.
b.3.1
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
Plantas fotovoltaicas.
Según el EsIA, en el ámbito del proyecto se identifica la Zona Especial de
Conservación (en adelante ZEC) ES2430078 «Montes de Zuera» y ES2430080 «El
Castellar», a una distancia de 4,12 km y 2,94 km respectivamente respecto al proyecto,
así como la Zona de Especial Protección para las Aves (en adelante ZEPA) ES0000293
«Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar» a 0,60 km respecto al proyecto.
Según el promotor, se prevé una potencial afección sobre los elementos clave de
conservación de la ZEPA «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», en
especial atención por parte de la PFV Yukiko, debido a las molestias generadas por las
propias infraestructuras, así como por el efecto barrera ocasionado por las
infraestructuras, el cual podría afectar a la conectividad de la zona.
Como medidas propuestas en el EsIA, entre otras, se comunicará al órgano
competente la posible detección de nidificación de alguna especie de interés, el vallado
perimetral estará dotado de permeabilidad a la fauna, se establecerá una limitación de
circulación de vehículos en 30 km/h, se establecerán medidas generales para reducir las
molestias por ruido y presencia de maquinaria, se comunicará al órgano ambiental
competente cualquier incidente que pueda producirse sobre las aves del entorno con el
proyecto.
El INAGA alerta de la proximidad del proyecto a espacios Red Natura 2000, lo que se
traduce en una importante pérdida de superficie de campeo, fragmentación del territorio
y dificultad de conexión entre los diferentes espacios presentes; lo que podría afectar a
especies esteparias, rapaces, carroñeras y especies migratorias acuáticas. En este
sentido, propone asegurar distancias de 500 m de las infraestructuras asociadas al
proyecto respecto a balsas de riego de uso cinegético. El promotor responde que las
PFVs ya se ubican a distancias mínimas de 200 m respecto a balsas de riego y no está
de acuerdo en proponer distancias superiores a 500 m.
cve: BOE-A-2024-27000
Verificable en https://www.boe.es
b.3
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179809
de 5 km entorno a la LAAT proyectada y no de 4 km, debido a que se conoce la
existencia en la zona de especies incluidas en el CEEA. Por otro lado, no encuentra en
la nueva documentación aportada por el promotor, un estudio de avifauna completo para
el nuevo trazado, que abarque un ciclo anual y que comprenda la información mínima
contemplada en la guía mencionada, por lo que considera que no se pueden extraer
conclusiones a la hora de evaluar impactos y establecer las medidas preventivas,
correctoras o compensatorias necesarias.
Dicha Dirección General informa de un listado de especies presentes en el ámbito
territorial del proyecto, las cuales están incluidas en el LESRPE: Bisbita campestre
(Anthus campestris), águila culebrera, halcón peregrino, cogujada montesina, águila
calzada, alondra totovía (Lullula arbórea), curruca rabilarga, nutria, bermejuela, cangrejo
de río y gran capicornio (Cerambyx cerdo). También, en el tramo inicial de la LAAT se
encuentran varios nidos de aguilucho cenizo, el más cercano a menos de 1,50 km.
Además, se observa un área de nidificación de águila perdicera a menos de 1,50 km de
la LAAT, y se conocen varios territorios de cría de águila perdicera, existiendo varias
parejas de dicha especie marcadas con emisores GPS-GSM con áreas de campeo
coincidentes con el trazado de la LAAT, por lo que es previsible una situación de riesgo
para ellas.
Informa, asimismo, de que toda la LAAT se encuentra localizada en un área
prioritaria incluida en el anexo I de la Resolución de 15 de octubre de 2010, del conseller
de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y vicepresidente tercero del Consell,
por la que se establecen las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y
electrocución, y se ordenan medidas para la reducción de la mortalidad de aves en
líneas eléctricas de alta tensión.
Por todo ello, la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Generalitat
Valenciana se reitera en la emisión de un informe desfavorable.
b.3.1
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
Plantas fotovoltaicas.
Según el EsIA, en el ámbito del proyecto se identifica la Zona Especial de
Conservación (en adelante ZEC) ES2430078 «Montes de Zuera» y ES2430080 «El
Castellar», a una distancia de 4,12 km y 2,94 km respectivamente respecto al proyecto,
así como la Zona de Especial Protección para las Aves (en adelante ZEPA) ES0000293
«Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar» a 0,60 km respecto al proyecto.
Según el promotor, se prevé una potencial afección sobre los elementos clave de
conservación de la ZEPA «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», en
especial atención por parte de la PFV Yukiko, debido a las molestias generadas por las
propias infraestructuras, así como por el efecto barrera ocasionado por las
infraestructuras, el cual podría afectar a la conectividad de la zona.
Como medidas propuestas en el EsIA, entre otras, se comunicará al órgano
competente la posible detección de nidificación de alguna especie de interés, el vallado
perimetral estará dotado de permeabilidad a la fauna, se establecerá una limitación de
circulación de vehículos en 30 km/h, se establecerán medidas generales para reducir las
molestias por ruido y presencia de maquinaria, se comunicará al órgano ambiental
competente cualquier incidente que pueda producirse sobre las aves del entorno con el
proyecto.
El INAGA alerta de la proximidad del proyecto a espacios Red Natura 2000, lo que se
traduce en una importante pérdida de superficie de campeo, fragmentación del territorio
y dificultad de conexión entre los diferentes espacios presentes; lo que podría afectar a
especies esteparias, rapaces, carroñeras y especies migratorias acuáticas. En este
sentido, propone asegurar distancias de 500 m de las infraestructuras asociadas al
proyecto respecto a balsas de riego de uso cinegético. El promotor responde que las
PFVs ya se ubican a distancias mínimas de 200 m respecto a balsas de riego y no está
de acuerdo en proponer distancias superiores a 500 m.
cve: BOE-A-2024-27000
Verificable en https://www.boe.es
b.3