Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26995)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo AG.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
3.
Sec. III. Pág. 179744
Contenido de la convocatoria.
La convocatoria deberá contener:
La definición de la actividad:
La descripción del puesto de trabajo.
Las condiciones personales y técnicas exigidas.
Retribución máxima de la plantilla (clasificación de acuerdo con la calificación y, en
caso dado, suplementos salariales).
En cada caso, posibilidades de ascenso típicas.
Fecha de incorporación.
Lugar de incorporación.
El último día de plazo de convocatoria.
4.
Notificación.
1. Los miembros del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal con
competencia local deberán ser informados antes de su publicación.
2. La publicación de la convocatoria se hará por medio de anuncio ubicado en lugar
adecuado de la empresa.
5.
Plazo de convocatoria.
La convocatoria de puesto de trabajo deberá estar expuesta un mínimo de dos
semanas y un máximo de cuatro. En la convocatoria deberá figurar el último día del
plazo de notificación.
6.
Solicitudes.
1. Podrá presentar su solicitud todo/toda trabajador/a que reúna las condiciones
exigidas para el puesto de trabajo convocado. Como principio deberá haber trabajado
por lo menos un año en el puesto de trabajo anterior en el momento de la solicitud de
cambio.
2. La solicitud deberá ser dirigida por escrito, dentro del plazo de la convocatoria, al
Jefe o Jefa de sección competente para el puesto convocado, enviándose al mismo
tiempo copia al Jefe o Jefa de sección actual.
Procedimiento de selección.
1. De entre los solicitantes que cumplan las condiciones personales y técnicas
exigidas para el puesto, deberá seleccionarse a aquel que las reúna en mayor grado.
2. En el caso de que existieran varios solicitantes que reúnan las condiciones
personales y técnicas exigidas par el puesto de trabajo, será el Jefe o Jefa de la sección
correspondiente quien decida.
3. En caso de existir, para un puesto de trabajo convocado, solicitudes internas y
externas, deberá darse preferencia al solicitante interno, siempre que posea la misma
cualificación.
4. Si la actividad en el puesto de trabajo convocado a ocupar formase parte de una
vía de promoción dentro de la empresa, deberán tenerse en cuenta también, como
principio, las exigencias de los grados de desarrollo siguientes.
5. Si un puesto de trabajo a ocupar no pudiese ser cubierto manteniendo a ultranza
las condiciones exigidas, podrá prescindirse, en casos determinados, del cumplimiento
de alguna de ellas.
8.
Información del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal.
Antes de la decisión definitiva sobre la selección deberán ser escuchados los/las
Delegados /as del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal dentro de la unidad
organizativa convocante.
cve: BOE-A-2024-26995
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
3.
Sec. III. Pág. 179744
Contenido de la convocatoria.
La convocatoria deberá contener:
La definición de la actividad:
La descripción del puesto de trabajo.
Las condiciones personales y técnicas exigidas.
Retribución máxima de la plantilla (clasificación de acuerdo con la calificación y, en
caso dado, suplementos salariales).
En cada caso, posibilidades de ascenso típicas.
Fecha de incorporación.
Lugar de incorporación.
El último día de plazo de convocatoria.
4.
Notificación.
1. Los miembros del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal con
competencia local deberán ser informados antes de su publicación.
2. La publicación de la convocatoria se hará por medio de anuncio ubicado en lugar
adecuado de la empresa.
5.
Plazo de convocatoria.
La convocatoria de puesto de trabajo deberá estar expuesta un mínimo de dos
semanas y un máximo de cuatro. En la convocatoria deberá figurar el último día del
plazo de notificación.
6.
Solicitudes.
1. Podrá presentar su solicitud todo/toda trabajador/a que reúna las condiciones
exigidas para el puesto de trabajo convocado. Como principio deberá haber trabajado
por lo menos un año en el puesto de trabajo anterior en el momento de la solicitud de
cambio.
2. La solicitud deberá ser dirigida por escrito, dentro del plazo de la convocatoria, al
Jefe o Jefa de sección competente para el puesto convocado, enviándose al mismo
tiempo copia al Jefe o Jefa de sección actual.
Procedimiento de selección.
1. De entre los solicitantes que cumplan las condiciones personales y técnicas
exigidas para el puesto, deberá seleccionarse a aquel que las reúna en mayor grado.
2. En el caso de que existieran varios solicitantes que reúnan las condiciones
personales y técnicas exigidas par el puesto de trabajo, será el Jefe o Jefa de la sección
correspondiente quien decida.
3. En caso de existir, para un puesto de trabajo convocado, solicitudes internas y
externas, deberá darse preferencia al solicitante interno, siempre que posea la misma
cualificación.
4. Si la actividad en el puesto de trabajo convocado a ocupar formase parte de una
vía de promoción dentro de la empresa, deberán tenerse en cuenta también, como
principio, las exigencias de los grados de desarrollo siguientes.
5. Si un puesto de trabajo a ocupar no pudiese ser cubierto manteniendo a ultranza
las condiciones exigidas, podrá prescindirse, en casos determinados, del cumplimiento
de alguna de ellas.
8.
Información del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal.
Antes de la decisión definitiva sobre la selección deberán ser escuchados los/las
Delegados /as del Comité de Empresa o Delegados/as de Personal dentro de la unidad
organizativa convocante.
cve: BOE-A-2024-26995
Verificable en https://www.boe.es
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