Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-26915)
Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 179284

6. La regla establecida en el apartado dos del artículo 70 de la Ley del Impuesto no
resulta aplicable a los servicios del número 1 de este apartado cuando sean prestados
por las personas jurídicas residentes en España constituidas con motivo del
acontecimiento por la entidad organizadora de las finales de la «UEFA Champions
League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025» por los equipos
participantes y estén en relación con la organización, la promoción o el apoyo de dicho
acontecimiento.
Artículo 12. Modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre,
por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades
Económicas.
Con efectos desde 1 de enero de 2025, el grupo 861 de la sección segunda de las
Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto
Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la
instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, queda redactado de la siguiente
manera:
«Grupo 861. Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores, Artistas
Falleros, Artistas de Arte Sacro y artistas similares.
Cuota de: 115 euros.»
Artículo 13. Procedimiento de reglamentaciones técnicas en el Impuesto sobre los
Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco.
Se introduce una disposición adicional cuarta en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre,
de Impuestos Especiales, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional cuarta. Procedimiento de reglamentaciones técnicas en el
Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos
relacionados con el Tabaco.
La normativa reguladora del Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos
Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco ha sido sometida al
procedimiento previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un
procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas
relativas a los servicios de la sociedad de la información, así como a lo dispuesto
en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, por el que se regula la remisión de
información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos
relativos a los servicios de la sociedad de la información.»
CAPÍTULO II
Financiación territorial
Sección 1.ª

Entidades Locales

Artículo 14. Liquidación definitiva de la participación en tributos del Estado
correspondiente al año 2023.
1. Una vez conocida la variación de los ingresos tributarios del Estado del año 2023
respecto de 2004, y los demás datos necesarios, se procederá al cálculo de la
liquidación definitiva de la participación en tributos del Estado, correspondiente al
ejercicio 2023, en los términos de los artículos 111 a 124 y 135 a 146 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, teniendo además en cuenta las normas recogidas en

cve: BOE-A-2024-26915
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Núm. 309