Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Animales. Identificación y registro. (BOE-A-2024-26927)
Real Decreto 1307/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, y otros reales decretos en materia ganadera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Sec. I. Pág. 179452
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Illes Balears.
040.000.000.000 al 049.999.999.999
Canarias.
050.000.000.000 al 059.999.999.999
Cantabria.
060.000.000.000 al 069.999.999.999
Castilla-La Mancha.
070.000.000.000 al 079.999.999.999
Castilla y León.
080.000.000.000 al 089.999.999.999
Cataluña.
090.000.000.000 al 099.999.999.999
Extremadura.
100.000.000.000 al 109.999.999.999
Galicia.
110.000.000.000 al 119.999.999.999
Comunidad de Madrid.
120.000.000.000 al 129.999.999.999
Región de Murcia.
130.000.000.000 al 139.999.999.999
Comunidad Foral de Navarra.
140.000.000.000 al 149.999.999.999
País Vasco.
150.000.000.000 al 159.999.999.999
La Rioja.
160.000.000.000 al 169.999.999.999
Comunitat Valenciana.
170.000.000.000 al 179.999.999.999
Ciudad de Ceuta.
180.000.000.000 al 189.999.999.999
Ciudad de Melilla.
190.000.000.000 al 199.999.999.999
Desde el 30 de junio de 2025, o en cualquier momento en el caso de los
bovinos, camélidos y cérvidos, cada comunidad o ciudad autónoma podrá adquirir
transpondedores cuyos códigos de identificación animal estén comprendidos
dentro de las series indicadas en la tabla siguiente, añadiendo en todo caso, como
primer elemento del código, el correspondiente código de especie recogido en la
tabla I del anexo III:
Series de códigos por comunidad autónoma / ciudad autónoma (desde
el 30 de junio de 2025)
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Andalucía.
0.100.000.000 al 0.199.999.999
Aragón.
0.200.000.000 al 0.299.999.999
Principado de Asturias.
0.300.000.000 al 0.399.999.999
Illes Balears.
0.400.000.000 al 0.499.999.999
Canarias.
0.500.000.000 al 0.599.999.999
Cantabria.
0.600.000.000 al 0.699.999.999
Castilla-La Mancha.
0.700.000.000 al 0.799.999.999
Castilla y León.
0.800.000.000 al 0.899.999.999
Cataluña.
0.900.000.000 al 0.999.999.999
Extremadura.
1.000.000.000 al 1.099.999.999
Galicia.
1.100.000.000 al 1.199.999.999
Comunidad de Madrid.
1.200.000.000 al 1.299.999.999
cve: BOE-A-2024-26927
Verificable en https://www.boe.es
Tabla II.
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Sec. I. Pág. 179452
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Illes Balears.
040.000.000.000 al 049.999.999.999
Canarias.
050.000.000.000 al 059.999.999.999
Cantabria.
060.000.000.000 al 069.999.999.999
Castilla-La Mancha.
070.000.000.000 al 079.999.999.999
Castilla y León.
080.000.000.000 al 089.999.999.999
Cataluña.
090.000.000.000 al 099.999.999.999
Extremadura.
100.000.000.000 al 109.999.999.999
Galicia.
110.000.000.000 al 119.999.999.999
Comunidad de Madrid.
120.000.000.000 al 129.999.999.999
Región de Murcia.
130.000.000.000 al 139.999.999.999
Comunidad Foral de Navarra.
140.000.000.000 al 149.999.999.999
País Vasco.
150.000.000.000 al 159.999.999.999
La Rioja.
160.000.000.000 al 169.999.999.999
Comunitat Valenciana.
170.000.000.000 al 179.999.999.999
Ciudad de Ceuta.
180.000.000.000 al 189.999.999.999
Ciudad de Melilla.
190.000.000.000 al 199.999.999.999
Desde el 30 de junio de 2025, o en cualquier momento en el caso de los
bovinos, camélidos y cérvidos, cada comunidad o ciudad autónoma podrá adquirir
transpondedores cuyos códigos de identificación animal estén comprendidos
dentro de las series indicadas en la tabla siguiente, añadiendo en todo caso, como
primer elemento del código, el correspondiente código de especie recogido en la
tabla I del anexo III:
Series de códigos por comunidad autónoma / ciudad autónoma (desde
el 30 de junio de 2025)
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Andalucía.
0.100.000.000 al 0.199.999.999
Aragón.
0.200.000.000 al 0.299.999.999
Principado de Asturias.
0.300.000.000 al 0.399.999.999
Illes Balears.
0.400.000.000 al 0.499.999.999
Canarias.
0.500.000.000 al 0.599.999.999
Cantabria.
0.600.000.000 al 0.699.999.999
Castilla-La Mancha.
0.700.000.000 al 0.799.999.999
Castilla y León.
0.800.000.000 al 0.899.999.999
Cataluña.
0.900.000.000 al 0.999.999.999
Extremadura.
1.000.000.000 al 1.099.999.999
Galicia.
1.100.000.000 al 1.199.999.999
Comunidad de Madrid.
1.200.000.000 al 1.299.999.999
cve: BOE-A-2024-26927
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Tabla II.