Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26887)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público autonómico, ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178813
En cuanto a las fundaciones, la Cámara de Cuentas considera que deben ser reconocidas
como públicas tres fundaciones, creadas por órdenes ministeriales y traspasadas, ya en
1985, a la Junta de Andalucía como fundaciones benéfico-asistenciales.
A la vista de lo anterior, la Cámara recomienda impulsar la modificación de los estatutos de
aquellos consorcios y fundaciones en los que la Junta de Andalucía tenga participación, ya
que su adscripción a una u otra administración supone el sometimiento a un régimen jurídico
distinto (presupuestario, contable, de patrimonio, de personal y de control).
−
Cataluña: En los informes de Fiscalización de la Cuenta General de la Generalidad de
Cataluña, ejercicios 2019 y 2020, se identifican tres consorcios cuyas cuentas tenían que
haber estado incluidas en la Cuenta General, ya que cumplían los requisitos para ser
considerados adscritos a la Administración de la Generalidad, aunque a 31 de diciembre de
2020 no todos los estatutos habían sido adaptados. La Sindicatura recomienda a la
Administración de la Generalidad que continue impulsando la modificación de los estatutos
de aquellos consorcios y fundaciones en los que tenga participación para determinar su
Administración de adscripción y así cumplir con lo que establece la LRJSP.
−
Galicia: En el Informe económico-financiero de las entidades instrumentales autonómicas,
ejercicio 2020, el Consello de Contas de Galicia pone de manifiesto que si bien la normativa
básica existente exige adaptar los estatutos de consorcios y fundaciones para fijar
expresamente la Administración de adscripción que asumirá la tutela financiera del ente,
dicha circunstancia no se había producido en varias entidades.
−
La Rioja: En los informes de la Comunidad referidos a los ejercicios 2019 y 2020 se identifica
un consorcio cuyas cuentas deberían haberse incluido en la Cuenta General, si bien sus
estatutos se encontraban pendientes de adaptación a la LRJSP, por lo que se recomienda la
adopción del correspondiente acuerdo de adscripción.
Además, el Tribunal de Cuentas ha valorado, a partir del ejercicio 2020, la necesaria rendición
de cuentas de una fundación dependiente de la Universidad de La Rioja, con independencia
de que la Comunidad Autónoma valore los cambios normativos que sean precisos para su
consideración como integrante del sector público autonómico, en función, además, de la
previsible clasificación de dicha entidad dentro del sector Administraciones Públicas, al
resultarle aplicables las normas presupuestarias y de control propias de las entidades
públicas.
•
Relativas a los registros e inventarios autonómicos:
Andalucía: Según se indica en los informes de Fiscalización de la Cuenta General de
Andalucía, ejercicios 2019 y 2020, no se ha elaborado el censo de consorcios y fundaciones
cuya creación se disponía en la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, recomendándose su creación.
Además, la Cámara de Cuentas no ha podido garantizar la integridad y dimensión de la
población de entidades minoritariamente participadas por la Junta de Andalucía y que recoge
como Anexo a los respectivos informes. Dicha circunstancia ha sido tratada en ambos
informes como limitación al alcance de la respectiva fiscalización.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178813
En cuanto a las fundaciones, la Cámara de Cuentas considera que deben ser reconocidas
como públicas tres fundaciones, creadas por órdenes ministeriales y traspasadas, ya en
1985, a la Junta de Andalucía como fundaciones benéfico-asistenciales.
A la vista de lo anterior, la Cámara recomienda impulsar la modificación de los estatutos de
aquellos consorcios y fundaciones en los que la Junta de Andalucía tenga participación, ya
que su adscripción a una u otra administración supone el sometimiento a un régimen jurídico
distinto (presupuestario, contable, de patrimonio, de personal y de control).
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Cataluña: En los informes de Fiscalización de la Cuenta General de la Generalidad de
Cataluña, ejercicios 2019 y 2020, se identifican tres consorcios cuyas cuentas tenían que
haber estado incluidas en la Cuenta General, ya que cumplían los requisitos para ser
considerados adscritos a la Administración de la Generalidad, aunque a 31 de diciembre de
2020 no todos los estatutos habían sido adaptados. La Sindicatura recomienda a la
Administración de la Generalidad que continue impulsando la modificación de los estatutos
de aquellos consorcios y fundaciones en los que tenga participación para determinar su
Administración de adscripción y así cumplir con lo que establece la LRJSP.
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Galicia: En el Informe económico-financiero de las entidades instrumentales autonómicas,
ejercicio 2020, el Consello de Contas de Galicia pone de manifiesto que si bien la normativa
básica existente exige adaptar los estatutos de consorcios y fundaciones para fijar
expresamente la Administración de adscripción que asumirá la tutela financiera del ente,
dicha circunstancia no se había producido en varias entidades.
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La Rioja: En los informes de la Comunidad referidos a los ejercicios 2019 y 2020 se identifica
un consorcio cuyas cuentas deberían haberse incluido en la Cuenta General, si bien sus
estatutos se encontraban pendientes de adaptación a la LRJSP, por lo que se recomienda la
adopción del correspondiente acuerdo de adscripción.
Además, el Tribunal de Cuentas ha valorado, a partir del ejercicio 2020, la necesaria rendición
de cuentas de una fundación dependiente de la Universidad de La Rioja, con independencia
de que la Comunidad Autónoma valore los cambios normativos que sean precisos para su
consideración como integrante del sector público autonómico, en función, además, de la
previsible clasificación de dicha entidad dentro del sector Administraciones Públicas, al
resultarle aplicables las normas presupuestarias y de control propias de las entidades
públicas.
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Relativas a los registros e inventarios autonómicos:
Andalucía: Según se indica en los informes de Fiscalización de la Cuenta General de
Andalucía, ejercicios 2019 y 2020, no se ha elaborado el censo de consorcios y fundaciones
cuya creación se disponía en la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, recomendándose su creación.
Además, la Cámara de Cuentas no ha podido garantizar la integridad y dimensión de la
población de entidades minoritariamente participadas por la Junta de Andalucía y que recoge
como Anexo a los respectivos informes. Dicha circunstancia ha sido tratada en ambos
informes como limitación al alcance de la respectiva fiscalización.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
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