Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26884)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 178032



Analizar la adecuación del modelo de control interno desarrollado para el conjunto del
sector público autonómico por la Intervención General de la CA (IGCA) al régimen previsto
en la normativa.



Comprobar el cumplimiento por las entidades integrantes del sector público autonómico de
las prescripciones de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera (LOEPSF) y normativa de desarrollo, con especial consideración de la
suspensión de las reglas fiscales en el ejercicio 2021.



Analizar la aplicación de los recursos provenientes de las dotaciones de los Fondos de
Compensación Interterritorial (Fondo de Compensación y Fondo Complementario).



Realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas en informes de ejercicios
anteriores elaborados por el Tribunal de Cuentas.

Además, se preveía verificar la observancia de la normativa reguladora de igualdad efectiva de
mujeres y hombres y de transparencia y sostenibilidad ambiental, siempre en relación con el objeto
de las actuaciones fiscalizadoras. Así se ha realizado respecto de las dos primeras cuestiones, no
respecto de la sostenibilidad ambiental, por no guardar relación con los objetivos de la fiscalización.
La presente fiscalización se ha realizado de conformidad con las Directrices Técnicas aprobadas
por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 29 de junio de 2023 y con las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013 y sus sucesivas
modificaciones.
Según lo establecido en las Directrices Técnicas, en el caso de las entidades instrumentales del
sector público se han utilizado resultados de otros auditores públicos y privados, expuestos en
informes de auditoría y control financiero, sin perjuicio de que, en atención a la importancia relativa
de las entidades o de los riesgos inherentes a la actividad que desarrollan, en algunos casos se han
realizado comprobaciones de regularidad adicionales.
En el anexo I.2 se relacionan las disposiciones que configuran el marco normativo que regula la
gestión económico-financiera de la CA vigente en el ejercicio fiscalizado.
De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la LFTCu, los resultados de las actuaciones
practicadas se pusieron de manifiesto al Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia (CARM), para que formulase las alegaciones y presentase cuántos documentos y
justificantes estimara pertinentes. El tratamiento de las alegaciones y la documentación remitida se
incluye al final de este Informe.

La estructura del sector público autonómico está recogida en la Ley 7/2004, de Organización y
Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
(Ley 7/2004), que regula el régimen jurídico y el funcionamiento de la Administración General de la
Comunidad y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. Se establecen dos tipos de
organismos públicos: los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales,
previéndose la adaptación de las entidades de derecho público existentes a la entrada en vigor de

cve: BOE-A-2024-26884
Verificable en https://www.boe.es

I.2. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA