Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26884)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
I.
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178031
INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA, ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
El control económico y presupuestario de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de
Autonomía corresponde al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136 y
153 d) de la Constitución española y en el artículo 13 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo,
norma que en su apartado 2 contempla la elaboración de un informe anual de cada Comunidad
Autónoma, que será remitido a su respectiva Asamblea Legislativa para el control de su actividad
financiera.
En cumplimiento de estos mandatos, esta actuación fiscalizadora figura en el apartado I del
Programa de Fiscalización del Tribunal de Cuentas para el año 2023, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas en sesión de 21 de diciembre de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en los objetivos específicos y medidas del vigente Plan Estratégico
del Tribunal de Cuentas, aprobado por el Pleno el 25 de abril de 2018, que se detallan en el
anexo I.1.
El ámbito subjetivo son las entidades que forman el sector público de la Comunidad Autónoma (CA),
descritas en el subapartado I.2 de este Informe.
El ámbito objetivo está formado por las cuentas anuales de 2021 del conjunto de entidades
anteriores, tanto las integradas en la Cuenta General de la CA, como las rendidas de forma
individualizada.
Respecto al ámbito temporal, las actuaciones fiscalizadoras están referidas al ejercicio 2021, sin
perjuicio de las comprobaciones sobre determinadas operaciones correspondientes a otros
ejercicios que pudieran estimarse necesarias para el adecuado cumplimiento de los objetivos
programados.
Es una fiscalización de regularidad referida al examen de la Cuenta General y de las cuentas anuales
de las entidades del sector público regional que no se integran en la misma.
−
Comprobar si la Cuenta General de la CA ha sido elaborada de conformidad con la
normativa contable y presupuestaria aplicable y verificar si presenta fielmente, en todos
sus aspectos significativos, la situación patrimonial, los resultados y la liquidación del
presupuesto de las entidades que han de integrarse en ella.
−
Se verificará como objetivo adicional si las cuentas anuales individuales de las entidades
del sector público de la Comunidad rendidas se presentan de acuerdo con los principios y
normas definidos en los planes de contabilidad y en la normativa económico-financiera que
rige la gestión de los presupuestos, poniendo de manifiesto las observaciones y salvedades
que se estimen significativas.
−
Verificar si la Cuenta General de la CA y las demás cuentas anuales individuales de las
entidades que integran el correspondiente sector público autonómico se han rendido
respetando las normas que les son de aplicación respecto al plazo, estructura y contenido.
cve: BOE-A-2024-26884
Verificable en https://www.boe.es
Los objetivos generales fiscalización han sido los siguientes:
Núm. 308
I.
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178031
INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA, ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
El control económico y presupuestario de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de
Autonomía corresponde al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136 y
153 d) de la Constitución española y en el artículo 13 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo,
norma que en su apartado 2 contempla la elaboración de un informe anual de cada Comunidad
Autónoma, que será remitido a su respectiva Asamblea Legislativa para el control de su actividad
financiera.
En cumplimiento de estos mandatos, esta actuación fiscalizadora figura en el apartado I del
Programa de Fiscalización del Tribunal de Cuentas para el año 2023, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas en sesión de 21 de diciembre de 2022.
Esta fiscalización se enmarca en los objetivos específicos y medidas del vigente Plan Estratégico
del Tribunal de Cuentas, aprobado por el Pleno el 25 de abril de 2018, que se detallan en el
anexo I.1.
El ámbito subjetivo son las entidades que forman el sector público de la Comunidad Autónoma (CA),
descritas en el subapartado I.2 de este Informe.
El ámbito objetivo está formado por las cuentas anuales de 2021 del conjunto de entidades
anteriores, tanto las integradas en la Cuenta General de la CA, como las rendidas de forma
individualizada.
Respecto al ámbito temporal, las actuaciones fiscalizadoras están referidas al ejercicio 2021, sin
perjuicio de las comprobaciones sobre determinadas operaciones correspondientes a otros
ejercicios que pudieran estimarse necesarias para el adecuado cumplimiento de los objetivos
programados.
Es una fiscalización de regularidad referida al examen de la Cuenta General y de las cuentas anuales
de las entidades del sector público regional que no se integran en la misma.
−
Comprobar si la Cuenta General de la CA ha sido elaborada de conformidad con la
normativa contable y presupuestaria aplicable y verificar si presenta fielmente, en todos
sus aspectos significativos, la situación patrimonial, los resultados y la liquidación del
presupuesto de las entidades que han de integrarse en ella.
−
Se verificará como objetivo adicional si las cuentas anuales individuales de las entidades
del sector público de la Comunidad rendidas se presentan de acuerdo con los principios y
normas definidos en los planes de contabilidad y en la normativa económico-financiera que
rige la gestión de los presupuestos, poniendo de manifiesto las observaciones y salvedades
que se estimen significativas.
−
Verificar si la Cuenta General de la CA y las demás cuentas anuales individuales de las
entidades que integran el correspondiente sector público autonómico se han rendido
respetando las normas que les son de aplicación respecto al plazo, estructura y contenido.
cve: BOE-A-2024-26884
Verificable en https://www.boe.es
Los objetivos generales fiscalización han sido los siguientes: