Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26877)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177088
CUADRO 2. MEDIDAS PREVISTAS EN LOS PLANES DE ACCIÓN QUE FUERON
SOMETIDAS A SUBSANACIÓN
(en número)
Consejerías
Entidades
adscritas a la
Situaciones
Consejería que
a corregir
requieren plan
de acción
Valoración de la medida por la Intervención
General
Procede subsanación
Adecuada pero
no suficiente
No adecuada
ni suficiente
Adecuada
y
suficiente
Cultura, Turismo y Deporte
8
31
17
9
5
Economía, Ciencia y Agenda
Digital
5
21
19
1
1
Educación y Empleo
1
4
1
3
0
Presidencia de la Junta de
Extremadura
1
4
3
0
1
Vicepresidencia Segunda y
Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales
2
11
6
2
3
Para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad
1
5
0
0
5
18
76
46
15
15
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por la IGCA.
Una vez subsanadas las inicialmente propuestas, la IGCA consideró adecuadas y suficientes el
100 % de las medidas incluidas en los planes de acción y según consta en el informe general
anual elaborado por la IGCA el 27 de julio de 2021, permanecían abiertas (pendientes de
solventar) 47 de las 76 deficiencias a corregir.
En cuanto a las actuaciones de control financiero permanente que formaban parte del Plan de
Control 2020 procedía la presentación de un plan de acción en relación con el SES; de la
valoración de las medidas presentadas por el OA no puede deducirse su resolución en un plazo
razonable.
Por último, como resultado de las auditorías de cumplimiento realizadas al sector público
autonómico (ejercicio 2020) incluidas en el Plan de control 2021, la IGCA ha detectado 95
deficiencias a incluir en nuevos planes de acción (diferenciándolas de las deficiencias no cerradas
que proceden de planes anteriores) que afectan a 26 entidades autonómicas.
SUPERVISIÓN CONTINUA
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), dispone que
todas las Administraciones Públicas (AAPP) deben establecer un sistema de supervisión continua
de sus entidades con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su
creación y su sostenibilidad financiera.
No fue hasta el año 2019 cuando, a través de la Resolución de 21 de noviembre de 2019 de la
IGCA, se habilita un sistema de información automatizado con el objetivo de adoptar las
decisiones pertinentes sobre el mantenimiento o reestructuración de entidades integrantes del
cve: BOE-A-2024-26877
Verificable en https://www.boe.es
C)
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177088
CUADRO 2. MEDIDAS PREVISTAS EN LOS PLANES DE ACCIÓN QUE FUERON
SOMETIDAS A SUBSANACIÓN
(en número)
Consejerías
Entidades
adscritas a la
Situaciones
Consejería que
a corregir
requieren plan
de acción
Valoración de la medida por la Intervención
General
Procede subsanación
Adecuada pero
no suficiente
No adecuada
ni suficiente
Adecuada
y
suficiente
Cultura, Turismo y Deporte
8
31
17
9
5
Economía, Ciencia y Agenda
Digital
5
21
19
1
1
Educación y Empleo
1
4
1
3
0
Presidencia de la Junta de
Extremadura
1
4
3
0
1
Vicepresidencia Segunda y
Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales
2
11
6
2
3
Para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad
1
5
0
0
5
18
76
46
15
15
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por la IGCA.
Una vez subsanadas las inicialmente propuestas, la IGCA consideró adecuadas y suficientes el
100 % de las medidas incluidas en los planes de acción y según consta en el informe general
anual elaborado por la IGCA el 27 de julio de 2021, permanecían abiertas (pendientes de
solventar) 47 de las 76 deficiencias a corregir.
En cuanto a las actuaciones de control financiero permanente que formaban parte del Plan de
Control 2020 procedía la presentación de un plan de acción en relación con el SES; de la
valoración de las medidas presentadas por el OA no puede deducirse su resolución en un plazo
razonable.
Por último, como resultado de las auditorías de cumplimiento realizadas al sector público
autonómico (ejercicio 2020) incluidas en el Plan de control 2021, la IGCA ha detectado 95
deficiencias a incluir en nuevos planes de acción (diferenciándolas de las deficiencias no cerradas
que proceden de planes anteriores) que afectan a 26 entidades autonómicas.
SUPERVISIÓN CONTINUA
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), dispone que
todas las Administraciones Públicas (AAPP) deben establecer un sistema de supervisión continua
de sus entidades con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su
creación y su sostenibilidad financiera.
No fue hasta el año 2019 cuando, a través de la Resolución de 21 de noviembre de 2019 de la
IGCA, se habilita un sistema de información automatizado con el objetivo de adoptar las
decisiones pertinentes sobre el mantenimiento o reestructuración de entidades integrantes del
cve: BOE-A-2024-26877
Verificable en https://www.boe.es
C)