Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26880)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177590
Las salvedades señaladas en los informes son las siguientes.
CUADRO 27. SALVEDADES DE INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS DE 2020 DE
EMPRESAS PÚBLICAS
Entidades
El Soplao, S.L.
Salvedades
La memoria carece de información sobre los efectos de la crisis provocada por la
COVID-19 en las cuentas de resultados de la Sociedad del presente ejercicio y
de ejercicios futuros, encontrándose inmersa en una actividad de uno de los
sectores más afectados por dicha situación.
Medio Ambiente, Agua, Residuos y No se dispone de información suficiente para concluir sobre el valor en cuentas
Energía de Cantabria, S.A. (MARE) (2.294 miles de euros) de determinados inmuebles que no se encuentran afectos
a la actividad de la sociedad ni de los que se obtienen otros rendimientos.
No se dispone de un estudio sobre el impacto que tendrá el RD 646/2020, por el
que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, sobre
las cuentas representativas de la inversión de la sociedad en el vertedero en
explotación de Meruelo, cuyo valor neto contable al cierre del ejercicio era de
7.088 miles de euros.
Sociedad de Activos Inmobiliarios Los auditores no han podido acceder, por no estar formuladas a la fecha del
Campus de Comillas, S.L. (SAICC) informe, a las cuentas de la Fundación Comillas del Español y de la Cultura
Hispánica, fuente de financiación de la sociedad con la que se mantiene un
saldo a cobrar de 5.555 miles de euros, por lo que no se ha podido evaluar
eventuales riesgos que afecten a la financiación de la sociedad y a la
recuperabilidad de dicho saldo.
Sociedad Regional de Educación, La sociedad mantiene varios contenciosos con la Administración Pública, ante la
Cultura y Deporte, S.L. (SRECD)
pretensión por parte de esta, de eliminar cuotas de IVA soportado como
deducibles. La contingencia máxima cuantificada al cierre del ejercicio es de
1.272 miles de euros y la parte cubierta mediante provisión es de 151 miles de
euros, un 12 % del total. De resultar finalmente no deducibles las cuotas, habría
que reflejarlas como un gasto, por lo que el patrimonio neto estaría
sobrevalorado en 1.121 miles de euros.
No existe reflejo contable del edificio en el que la sociedad desarrolla su
actividad, debido a que no consta documento formalizando la relación
contractual.
Fuente: Elaboración propia a partir de los informes de auditoría remitidos.
COMISIÓN DE AUDITORÍA DE LAS EMPRESAS REGIONALES
El artículo 162 de la Ley 3/2006 del Patrimonio de Cantabria establece que las sociedades
públicas regionales que, de acuerdo con la normativa aplicable, están obligadas a someter sus
cuentas a auditoría, han de constituir una comisión de auditoría y control, dependiente del consejo
de administración, sin que reglamentariamente se hayan desarrollado los aspectos relacionados
con su composición y funciones, por lo que estas son concebidas de forma muy diversa por cada
entidad, limitándose en unos casos al examen y revisión de cuentas anuales y extendiéndose, en
otros, a aspectos de la gestión.
Todas las sociedades obligadas, con excepción de SRECD, tenían constituida dicha comisión en
el ejercicio fiscalizado, habiendo informado sobre sus reuniones en el informe previsto en el
artículo 122.3 de la LF. No obstante, la comisión de auditoría de SRECD fue constituida el 29 de
enero de 2021, habiendo informado y propuesto la aprobación de las cuentas del ejercicio
fiscalizado.
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
F)
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177590
Las salvedades señaladas en los informes son las siguientes.
CUADRO 27. SALVEDADES DE INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS DE 2020 DE
EMPRESAS PÚBLICAS
Entidades
El Soplao, S.L.
Salvedades
La memoria carece de información sobre los efectos de la crisis provocada por la
COVID-19 en las cuentas de resultados de la Sociedad del presente ejercicio y
de ejercicios futuros, encontrándose inmersa en una actividad de uno de los
sectores más afectados por dicha situación.
Medio Ambiente, Agua, Residuos y No se dispone de información suficiente para concluir sobre el valor en cuentas
Energía de Cantabria, S.A. (MARE) (2.294 miles de euros) de determinados inmuebles que no se encuentran afectos
a la actividad de la sociedad ni de los que se obtienen otros rendimientos.
No se dispone de un estudio sobre el impacto que tendrá el RD 646/2020, por el
que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, sobre
las cuentas representativas de la inversión de la sociedad en el vertedero en
explotación de Meruelo, cuyo valor neto contable al cierre del ejercicio era de
7.088 miles de euros.
Sociedad de Activos Inmobiliarios Los auditores no han podido acceder, por no estar formuladas a la fecha del
Campus de Comillas, S.L. (SAICC) informe, a las cuentas de la Fundación Comillas del Español y de la Cultura
Hispánica, fuente de financiación de la sociedad con la que se mantiene un
saldo a cobrar de 5.555 miles de euros, por lo que no se ha podido evaluar
eventuales riesgos que afecten a la financiación de la sociedad y a la
recuperabilidad de dicho saldo.
Sociedad Regional de Educación, La sociedad mantiene varios contenciosos con la Administración Pública, ante la
Cultura y Deporte, S.L. (SRECD)
pretensión por parte de esta, de eliminar cuotas de IVA soportado como
deducibles. La contingencia máxima cuantificada al cierre del ejercicio es de
1.272 miles de euros y la parte cubierta mediante provisión es de 151 miles de
euros, un 12 % del total. De resultar finalmente no deducibles las cuotas, habría
que reflejarlas como un gasto, por lo que el patrimonio neto estaría
sobrevalorado en 1.121 miles de euros.
No existe reflejo contable del edificio en el que la sociedad desarrolla su
actividad, debido a que no consta documento formalizando la relación
contractual.
Fuente: Elaboración propia a partir de los informes de auditoría remitidos.
COMISIÓN DE AUDITORÍA DE LAS EMPRESAS REGIONALES
El artículo 162 de la Ley 3/2006 del Patrimonio de Cantabria establece que las sociedades
públicas regionales que, de acuerdo con la normativa aplicable, están obligadas a someter sus
cuentas a auditoría, han de constituir una comisión de auditoría y control, dependiente del consejo
de administración, sin que reglamentariamente se hayan desarrollado los aspectos relacionados
con su composición y funciones, por lo que estas son concebidas de forma muy diversa por cada
entidad, limitándose en unos casos al examen y revisión de cuentas anuales y extendiéndose, en
otros, a aspectos de la gestión.
Todas las sociedades obligadas, con excepción de SRECD, tenían constituida dicha comisión en
el ejercicio fiscalizado, habiendo informado sobre sus reuniones en el informe previsto en el
artículo 122.3 de la LF. No obstante, la comisión de auditoría de SRECD fue constituida el 29 de
enero de 2021, habiendo informado y propuesto la aprobación de las cuentas del ejercicio
fiscalizado.
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
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