Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26880)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177569
II.6.3. Resultado económico-patrimonial de la Administración General
La cuenta del resultado económico-patrimonial, que se expone de forma resumida en el
anexo V.2-0.2, arroja un desahorro de 18.51446 miles de euros, por el efecto negativo del
resultado de las operaciones financieras, 78.694 miles. La nueva configuración de la cuenta no
permite comparaciones interanuales en el primer ejercicio de aplicación del nuevo PGCP, si bien
la memoria incluye, como prevé la Orden por la que se aprueba el PGCP, la cuenta de resultado
económico-patrimonial del ejercicio precedente.
Pese a la implantación del nuevo PGCP no se utilizan las cuentas de los grupos 8 y 9 previstas
para la imputación de gastos e ingresos al patrimonio neto. En consecuencia, tampoco se utilizan
las cuentas del subgrupo 13 “Subvenciones y ajustes por cambio de valor”, lo que conlleva que no
se aplique el principio de correlación de ingresos y gastos en relación con las subvenciones que
financian el activo no corriente.
Asimismo, las incidencias puestas de manifiesto en los epígrafes precedentes en relación con el
registro contable de las amortizaciones, con los beneficios y pérdidas en la enajenación de
inmovilizados y con la dotación a tanto alzado de la provisión para insolvencias, así como con el
registro de intereses de la deuda, afectan a la representatividad de la cuenta de resultado
económico-patrimonial.
II.6.4. Memoria de la Administración General
Como consecuencia de la aplicación del nuevo PGCP, la memoria presenta un apartado
denominado “Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables”, en el que se
incluye una explicación de las diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio
anterior y los actuales, así como una cuantificación del impacto que produce esta variación en el
patrimonio neto de la entidad, que se estima en 216 miles de euros. La información resumida de
este apartado se presenta en el anexo II.1.
La DT quinta de la Orden por la que se aprueba el nuevo PGCP prevé que, en relación con
determinados aspectos del contenido de la memoria, la plena aplicación del Plan para Cantabria
queda condicionada a la implantación de determinados módulos del SIC3 o de sistemas
integrados en la contabilidad que garanticen la integridad y la exactitud de la información que los
estados contables deben ofrecer, por lo que determinadas notas de la memoria rendida aparecen
sin cumplimentar, o sin el desglose requerido, en concreto:
La información completa relativa al apartado 23.4 "Gastos con financiación afectada", al
quedar condicionada a la incorporación en el SIC3 del correspondiente módulo, lo que no
se había producido en el ejercicio fiscalizado.
Esta situación no solo impide disponer de la información necesaria para proceder, en su
caso, a la incorporación de los correspondientes remanentes de crédito al ejercicio
siguiente conforme lo establecido en el artículo 55 de la LF, sino también de los datos
necesarios para calcular los efectos de las desviaciones de financiación sobre el
resultado presupuestario y el remanente de tesorería.
46
El desahorro obtenido el ejercicio precedente fue de 51.778 miles de euros, sin perjuicio de que deben considerarse
diversos criterios en el reconocimiento de ingresos y gastos a efectos de comparación entre la cuenta de resultado
económico-patrimonial del nuevo PGCP y la del ejercicio anterior.
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177569
II.6.3. Resultado económico-patrimonial de la Administración General
La cuenta del resultado económico-patrimonial, que se expone de forma resumida en el
anexo V.2-0.2, arroja un desahorro de 18.51446 miles de euros, por el efecto negativo del
resultado de las operaciones financieras, 78.694 miles. La nueva configuración de la cuenta no
permite comparaciones interanuales en el primer ejercicio de aplicación del nuevo PGCP, si bien
la memoria incluye, como prevé la Orden por la que se aprueba el PGCP, la cuenta de resultado
económico-patrimonial del ejercicio precedente.
Pese a la implantación del nuevo PGCP no se utilizan las cuentas de los grupos 8 y 9 previstas
para la imputación de gastos e ingresos al patrimonio neto. En consecuencia, tampoco se utilizan
las cuentas del subgrupo 13 “Subvenciones y ajustes por cambio de valor”, lo que conlleva que no
se aplique el principio de correlación de ingresos y gastos en relación con las subvenciones que
financian el activo no corriente.
Asimismo, las incidencias puestas de manifiesto en los epígrafes precedentes en relación con el
registro contable de las amortizaciones, con los beneficios y pérdidas en la enajenación de
inmovilizados y con la dotación a tanto alzado de la provisión para insolvencias, así como con el
registro de intereses de la deuda, afectan a la representatividad de la cuenta de resultado
económico-patrimonial.
II.6.4. Memoria de la Administración General
Como consecuencia de la aplicación del nuevo PGCP, la memoria presenta un apartado
denominado “Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables”, en el que se
incluye una explicación de las diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio
anterior y los actuales, así como una cuantificación del impacto que produce esta variación en el
patrimonio neto de la entidad, que se estima en 216 miles de euros. La información resumida de
este apartado se presenta en el anexo II.1.
La DT quinta de la Orden por la que se aprueba el nuevo PGCP prevé que, en relación con
determinados aspectos del contenido de la memoria, la plena aplicación del Plan para Cantabria
queda condicionada a la implantación de determinados módulos del SIC3 o de sistemas
integrados en la contabilidad que garanticen la integridad y la exactitud de la información que los
estados contables deben ofrecer, por lo que determinadas notas de la memoria rendida aparecen
sin cumplimentar, o sin el desglose requerido, en concreto:
La información completa relativa al apartado 23.4 "Gastos con financiación afectada", al
quedar condicionada a la incorporación en el SIC3 del correspondiente módulo, lo que no
se había producido en el ejercicio fiscalizado.
Esta situación no solo impide disponer de la información necesaria para proceder, en su
caso, a la incorporación de los correspondientes remanentes de crédito al ejercicio
siguiente conforme lo establecido en el artículo 55 de la LF, sino también de los datos
necesarios para calcular los efectos de las desviaciones de financiación sobre el
resultado presupuestario y el remanente de tesorería.
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El desahorro obtenido el ejercicio precedente fue de 51.778 miles de euros, sin perjuicio de que deben considerarse
diversos criterios en el reconocimiento de ingresos y gastos a efectos de comparación entre la cuenta de resultado
económico-patrimonial del nuevo PGCP y la del ejercicio anterior.
cve: BOE-A-2024-26880
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